Conciliación

Permiso parental retribuido de 8 semanas: ¿se puede pedir este verano?

La llegada de las vacaciones escolares vuelve a traer problemas de conciliación a las familias. Ahora, gracias al nuevo permiso aprobado por Ley, los padres tienen la posibilidad de disponer de tiempo fuera de sus puestos de trabajo para cuidar de sus hijos sin que ello suponga una penalización a sus sueldos.
El permiso parental de 8 semana ayuda a la conciliación.
El permiso parental de 8 semana ayuda a la conciliación.
Ivan Svyatkovsky
El permiso parental de 8 semana ayuda a la conciliación.

El curso escolar está a punto de finalizar y las vacaciones de verano de los menores se encuentran a la vuelta de la esquina. El cierre de colegios vuelve a suponer un dolor de cabeza para los padres que tienen que hacer malabares para conciliar la vida familiar con la laboral. Sin embargo, este año será más llevadero, gracias a las novedades que incluye la Ley de Familias aprobada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que conlleva la modificación del Estatuto de los Trabajadores e incluye nuevos permisos laborales retribuidos y días libres que se pueden pedir a la empresa. Entre ellos, destaca el permiso por causa de fuerza mayor.

El permiso laboral que puedes solicitar a la empresa sin preaviso

Una de las principales señas de identidad del nuevo permiso parental es que lo pueden pedir los trabajadores para el cuidado de los hijos e hijas menores de 8 años, así como para los niños y niñas acogidos por más de un año. Una buena ocasión para solicitarlo es, por ejemplo, la llegada de las vacaciones escolares.

Es el propio trabajador el que tiene que establecer la fecha de inicio y fin del permiso, aunque debe comunicarlo a la empresa con 10 días de antelación o el tiempo fijado en el convenio colectivo. No obstante, en función de sus necesidades organizativas, la entidad puede aplazar o proponer otras fechas u horas para disfrutarlo. Tampoco se aclara en el Estatuto de los Trabajadores si es o no retribuido.

¿Qué permisos retribuidos tienen los trabajadores?

El permiso parental de 8 semanas no es el único al que pueden acceder los trabajadores desde este mes de septiembre. A él se une el nuevo permiso por ‘causa de fuerza mayor’, que se distribuye por horas y puede ser de hasta cuatro días al año. Este sí que es retribuido y, de igual forma, permite que los padres y las madres puedan ausentarse de su puesto cuando tengan motivos familiares urgentes o inesperados, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

El Ejecutivo también aprobó un permiso de cinco días al año, retribuidos, en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo, ya sea de un familiar de hasta segundo grado o de un conviviente.

Asimismo, los días libres que puede coger un empleado por enfermedad grave, accidente, intervención quirúrgica sin hospitalización u hospitalización aumentan y pasan de dos a cuatro o cinco días, en función del caso. Y se ha actualizado el permiso de dos días por la muerte del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que queda individualizado y con un tratamiento específico.

Otros permisos laborales que puede solicitar un trabajador

Además de los días libres mencionados con anterioridad, los trabajadores tienen derecho a pedir los siguientes permisos:

  • 15 días naturales si se casa o se registra como pareja de hecho.
  • 1 día por traslado del domicilio habitual.
  • El empleado puede acogerse a un permiso por el tiempo indispensable para cumplir un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
  • También por tiempo indispensable para realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, o para cursillos o informes psicológicos y sociales en caso de adopción.
  • Para llevar a cabo funciones sindicales en los términos legales establecidos.
  • Un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación, relacionada con la actividad de la empresa. Se pueden acumular por un periodo de hasta cinco años cuando el trabajador tenga, como mínimo, dos años de antigüedad en la entidad. Para disfrutar de él, es necesario fijarlo en convenio colectivo o en mutuo acuerdo entre empleado y empleador.
  • De la misma manera, se han aprobado permisos para asistir a exámenes, cuando curse con regularidad estudios para obtener un título.
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