Málaga

El presidente del TSJA dice que en el 'caso Marta' había "una finalidad criminal distinta" a la del jurado

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha asegurado que "con arreglo a las calificaciones de las partes" en el caso de la violación y del asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo "había una finalidad criminal distinta a la del juicio de jurado y por tanto debía llevarse a un tribunal profesional".

Así se ha pronunciado Del Río cuestionado por la decisión de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA de que sea un tribunal profesional el encargado de enjuiciar el caso de la violación y asesinato de la joven, por el que se sentarán en el banquillo cuatro acusados mayores de edad, concretamente Miguel Carcaño, su hermano Francisco Javier Delgado, María García y Samuel Benítez.

"Es una decisión que hemos tomado y hasta ahora todas se están tomando con arreglo a la normalidad de la legalidad", ha indicado el responsable del alto Tribunal andaluz, quien se ha reunido este jueves en Málaga con magistrados de las salas del TSJA en la capital, los magistrados de la Audiencia malagueña y de los juzgados unipersonales.

Respecto al juicio al menor de edad conocido como 'El cuco', ha dicho que "se está celebrando muy bien y se está meticulosamente cumpliendo con la legalidad". Este juicio comenzó en el Juzgado de Menores número 3 el pasado 24 de enero, coincidiendo con el segundo aniversario de la desaparición de la joven, y se celebra a puerta cerrada.

En el caso de los mayores acusados, el TSJA desestima íntegramente los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía y la acusación particular —la familia de la víctima—, que pedían un jurado popular, y confirma la resolución que dictó el magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla Javier González el pasado 13 de agosto de 2010, que ya valoró que fuera un tribunal profesional el que juzgara.

En el auto de la Sala, los magistrados entienden que "el delito fin o el objetivo perseguido" por los acusados fueron las agresiones sexuales y no el asesinato —que es el delito que corresponde enjuiciar a un jurado popular—.

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