A Coruña

La Xunta declara el periodo del 1 de julio a 30 de septiembre como de "peligro alto" de incendios forestales

La orden faculta también al director xeral de Montes para dictar "cuantas instrucciones sean necesarias" para modificar esas fechas y declarar como peligro alto "otras épocas del año", cuando las "condiciones meteorológicas u otras circunstancias agraven el riesgo de incendios".

La publicación de esta orden se hace efectiva, según explica Medio Rural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 9 de la Lei 3/2007 de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

La norma establece que, en consideración a los antecedentes y datos históricos sobre el riesgo de aparición de incendios, y sobre la incidencia de las variables meteorológicas en el comportamiento del fuego, la consellería con competencias en materia forestal definirá la época de peligro alto que "condicionará la intensidad de las medidas que se vayan a adoptar para la defensa del territorio de Galicia".