Asturias

El TSJA anula el Plan Parcial de La Talá en Llanes "por no ajustarse a derecho"

Según la Sala de lo Contencioso Administrativo, el Plan parcial anulado partía de la aprobación provisional de expediente de 'propuesta de adaptación y modificación del Plan Parcial de La Talá al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 10 de julio de 2002, declarado éste último nulo por el mismo tribunal.

El fallo recoge que aunque la sentencia que declaró nulo del PGOU de Llanes no sea firme "la nulidad ya ha sido declarada en un recurso directo, y el Tribunal la conoce y mantiene en los términos expresados en las sentencias , lo que priva de cobertura al planteamiento de desarrollo".

La sentencia, en su punto quinto, señala además que el TSJA "mantiene los argumentos que llevaron a declarar la ilegalidad del planteamiento general de cobertura" para desarrollar el Plan Parcial de La Talá, "pues de no ser así se daría carta de naturaleza a que un Tribunal considerase conforme a derecho e hiciese aplicación de las mismas disposiciones generales que declaró nulas en otros procesos anteriores".

El fallo recoge también que "las sentencias anulatorias del Plan General produce efectos para el Ayuntamiento afectado aunque no haya ganado firmeza, quedando aquél obligado a soportar sus consecuencias cuando se plantee un litigio y las partes invoquen la anulación".

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