Ramoncín denunció a '20minutos' en 2009 pero el juez desestimó la demanda

  • El cantante pretendía que se retiraran comentarios publicados en 20minutos.es por "intromisiones ilegítimas en el derecho al honor".
  • El juez estimó que no se concretaban los comentarios atentatorios.
  • Ramoncín fue condenado al pago de las costas y recurrió la sentencia.
El cantante y escritor Ramoncín, en una imagen de archivo.
El cantante y escritor Ramoncín, en una imagen de archivo.
EFE
El cantante y escritor Ramoncín, en una imagen de archivo.

El cantante José Ramón Márquez Martínez, Ramoncín, acudió a la Justicia en el año 2009 con la pretensión de que 20minutos.es retirara comentarios publicados en una noticia que hacía referencia a su persona.

Sus abogados han vuelto a emprender ahora una cruzada contra varias webs, entre ellas 20minutos.es, instando de nuevo a la retirada de comentarios en noticias en las que se menciona al cantante.

En la demanda presentada contra 20minutos.es el año pasado, Ramoncín quería que se eliminaran las opiniones que los lectores habían dejado en una noticia porque, según la demanda, constituían, "intromisiones ilegítimas en el derecho al honor y dignidad del demandante".

Los representantes legales de Ramoncín habían hecho llegar a 20minutos un burofax solicitando la eliminación de comentarios e incluso pedían la retirada de la noticia.

Tras la recepcion de esta notificación, 20minutos .es procedió a borrar comentarios que, a buena fe, consideró ofensivos contra Ramoncín. La noticia no fue eliminada, tal y como solicitaba el cantante.

Tras valorar estos hechos, la titular del juzgado de 1ª instancia número 48 de Madrid estableció en la sentencia (fechada el 5 de junio de 2009) que 20minutos.es, como prestadora de un servicio de la sociedad de la información, "no es responsable de la información almacenada siempre que no tenga conocimiento de que ésta es ilícita o de que lesiona bienes o derechos" o si "actúa con diligencia para retirar los datos".

La jueza estimó también, que "dada la vaguedad" de la notificación enviada a 20minutos en la que "no se consideraba qué comentarios consideraba atentatorios contra su honor", la demandada "no viene obligada, con caracter previo, a revisar los contenidos que se alojan en las webs y por todo ello procede a la desestimación de la demanda."

Ramoncín fue condenado al pago de las costas en primera instancia e interpuso recurso de apelación, que aún está pendiente en segunda instancia en la Audiencia Provincial de Madrid.

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