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¿Puedo llevar el coche a pasar la ITV en la fase 1?

Imagen de una estación de la ITV.
CONSELL DE MALLORCA

El pasado domingo 24 de mayo se publicaba en el BOE la Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, incluyendo así en la fase 1 a la totalidad de los territorios de Castilla y León, la Comunidad de Madrid y Cataluña que aún estaban en fase 0.

De este modo y a partir de este lunes 25 de mayo, estos territorios pueden beneficiarse en esta fase 1 de las medidas de flexibilización de las limitaciones que se han ido imponiendo durante el estado de alarma en España. Los ciudadanos tienen permitido así la realización de nuevas actividades y estarán sujetos en esta nueva fase a menos restricciones.

¿Se puede pasar la ITV en la fase 1?

En la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, en el Artículo 10 se establece el modo en el que se podrá proceder a la reapertura de los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.

Dentro de este artículo, se regula: "Podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta". 

Así, durante esta fase 1 ya se puede pasar la ITV a los coches, pidiendo cita previa. Para ello, hay que respetar las medidas de seguridad e higiene, como la obligatoriedad del uso de mascarillas en espacios cerrados y públicos cuando no se puedan guardar los dos metros de distancia entre personas.

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