El Senado vota este martes la reforma de la polémica Ley LISI para Internet

  • La norma se aprobó en 2007 con las protestas de los internautas.
  • El texto dice que cualquier "órgano competente", dentro de unos límites, podría intervenir o cerrar una página web si llegara el caso.
  • El Grupo Popular pretende que se cambie la expresión por la de "autoridad judicial" y no choque contra la libertad de expresión.
Varios usuarios navegando por Internet.
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AGENCIAS
Varios usuarios navegando por Internet.
Internet tiene este martes una importante cita en el Senado. Y crucial para sus próximos años de vida, al menos los de las páginas web en España.

Se vota la reforma de la polémica Ley LISI, de
Medidas de Impulso de la Sociedad de la información. A propuesta del Grupo Popular, se decidirá, entre otras cosas, sobre quién será competente para intervenir y, llegado el caso, clausurar
, una web.
Un artículo que 'choca' con la Carta

El 28 de diciembre de 2007 la ley fue aprobada con un artículo (el 4, apartado 1)
que provocó muchas discusiones y críticas de los internautas, que alegan que el texto choca frontalmente con el artículo 20.5 de la Constitución que defiende la libertad de expresión.

Éste reza que "en caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación,
los órganos competentes para su protección (...) podrán adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación (...)".
Votación contra la incertidumbre

Los populares pretenden que se cambie la frase "los órganos competentes para su protección, en ejercicio de las funciones que tengan legalmente atribuidas" por la de "la autoridad judicial".

Con esto terminaría la incertidumbre sobre si una empresa privada,
cualquier administración o incluso una entidad de gestión de derechos de autor como la SGAE podría proceder de repente a cerrar una web a pesar de que la propia LISI defina expresamente sus atribuciones y su manera de proceder.
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