La Audiencia Nacional anula una multa de 150.000 euros impuesta a Google por vulnerar el derecho al olvido

  • La sanción fue decidida en 2016 por la Agencia de Protección de Datos.
La página del buscador de Google, en una tableta.
La página del buscador de Google, en una tableta.
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La página del buscador de Google, en una tableta.

La Audiencia Nacional ha anulado una multa a Google impuesta en 2016 por la Agencia de Protección de Datos (AEPD), por un valor de 150.000 euros y relacionada con el derecho al olvido.

La sanción que en su día publicó Protección de Datos estaba vinculada con la práctica de Google de remitir a los webmasters —encargados de gestionar una web y que proactivamente lo habían pedido a Google— una notificación informando de las URL o resultados eliminados de acuerdo con el derecho al olvido.

La AEPD entendió en su día que con esta práctica Google vulneraba la normativa de protección de datos; ahora, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado esta sanción de 150.000 euros.

Según la sentencia de la citada sala, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Fuentes de la AEPD señalaron a Efe que la agencia ha solicitado a la Abogacía del Estado que interponga dicho recurso de casación.

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