Álava

Gobierno Vasco adapta el decreto de adherencia a tratamientos médicos para mantener ayudas a colectivos más vulnerables

En noviembre de 2017, el Gobierno Vasco aprobó una primera modificación del mismo Decreto para incorporar dos nuevos colectivos de beneficiarios, las personas en situación legal de desempleo perceptoras de prestación por desempleo y personas perceptoras de Renta de Garantía de Ingresos (RGI) como complemento a sus rentas del trabajo, con ingresos, en ambos casos, no superiores a los 18.000 euros.

Según ha indicado el Ejecutivo vasco, estos colectivos se sumaron así a los que hasta entonces venían recibiendo las ayudas, que eran los pensionistas con ingresos anuales inferiores a 18.000 euros, las personas en situación de desempleo sin prestación económica, y las personas inmigrantes en situación de residencia irregular.

El Decreto aprobado este martes por el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Salud, Jon Darpón, ajusta ahora la terminología del texto original a la modificación introducida por el Real Decreto-ley 7/2018 en la Ley de cohesión y calidad del SMS, estableciendo que son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todas las personas con nacionalidad española y las personas extranjeras que tengan establecida su residencia en territorio español, por una parte, y a las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residente en el Estado español, por otra, ambas en las mismas condiciones.

Gobierno Vasco ha señalado que este cambio normativo es "imprescindible" para mantener las ayudas establecidas en 2013 por el Gobierno Vasco para garantizar la adherencia a los tratamientos farmacéuticos a aquellas personas que, por su situación de vulnerabilidad, no podrían hacer frente al coste añadido impuesto por el copago farmacéutico.

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