Málaga

Ayuntamiento dice que providencia sobre Limasa es una resolución de trámite que no se pronuncia sobre convenio

En este sentido, según ha precisado a través de un comunicado Jiménez "esta cuestión no ha sido sometida a debate en este procedimiento judicial".

Según ha explicado el concejal, esta providencia "no es una resolución sobre el asunto que se plantea, sino un trámite propio del procedimiento sobre la admisibilidad del recurso por ser extraordinario".

Jiménez ha añadido además que Limasa hará uso del plazo dado por el Supremo para presentar alegaciones, que finalizará la próxima semana. "El Tribunal Supremo deberá volver a valorar la alegación presentada por la empresa y, entonces, decidir si admite o no admite el recurso a trámite", ha explicado.

No obstante, el concejal de Sostenibilidad ha insistido en que, en el supuesto de que el pronunciamiento del Alto Tribunal se produzca en el sentido de la no admisión, esto no conllevará la aplicación del convenio de Limasa 2010-12, "ya que es algo que no ha sido sometido a debate ante el Supremo".

También ha señalado que el efecto que sí producirá un pronunciamiento contrario a la admisión será la reanudación del procedimiento judicial que se sigue en el Juzgado de lo Social número 12 de Málaga, instancia que, finalmente, será la que deberá determinar qué pactos y acuerdos del Sercla son aplicables en Limasa. "La cuestión de las condiciones laborables aplicables a la plantilla será resuelta por el Juzgado Social 12", ha manifestado.