A Coruña

Gas Natural vincula la anulación del gasoducto de la Mariña Lucense con un defecto de tramitación

En concreto, señala que durante la tramitación "coincidió un cambio de normativa y ahora el Tribunal Supremo anula la autorización porque entiende que existe un defecto de forma en ese procedimiento".

No obstante, indica que la compañía va a pedir una nueva autorización administrativa al Ministerio con la normativa vigente. "Mientras tanto no va a haber ninguna afectación ni a infraestructuras ni a clientes de la compañía", añade.

ARGUMENTOS DEL SUPREMO

En su auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anula la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 7 de marzo de 2013 por la que se otorgaba a Gas Natural Transporte SDG, S.L. autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción del gasoducto.

La Sala ha estimado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barreiros (Lugo) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirmó la resolución administrativa ahora anulada por este tribunal.

En su fallo, estima el motivo en que el recurrente alega la infracción de la disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, que requiere para la aprobación de nuevos gasoductos la aportación de compromisos de los potenciales consumidores y distribuidores.