Valladolid

Absuelto el padre de un alumno del Jorge Guillén de Villalón acusado de agredir a la chófer de un autobús escolar

Edificio de los Juzgados de Valladolid.
EUROPA PRESS

El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso del padre de un alumno del Instituto de Educación Secundaria Jorge Guillén de Villalón, Eladio H.M, que fue denunciado en octubre de 2011 bajo la acusación de haber dado una paliza a la conductora de un autobús escolar que se había negado previamente a trasladar a su hijo desde el centro hasta su casa en Vega de Ruiponce, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El fallo absolutorio contrasta con los escritos formulados por el Ministerio Fiscal, con una petición de un año de cárcel y multa de 360 euros por un delito de lesiones y una falta de amenazas, junto con una indemnización de 2.489 euros, así como con los de las acusaciones particulares, ejercidas por la conductora y Fremap, que calificaron de delitos ambas conductas y solicitaron entre cuatro y cuatro años y medio de prisión e indemnizaciones en favor de la 'autobusera' por importe de 25.079 y 3.926 euros, respectivamente.

Los hechos fueron denunciados por María José V, conductora de un autobús de transporte escolar de la compañía Linecar encargada de llevar y recoger a los alumnos del Instituto de Educación Secundaria Jorge Guillén de Villalón (Valladolid) y que, según sostiene, fue agredida el 21 de octubre de 2011 por uno de los alumnos, vecino de Vega de Ruiponce, y sus padres al tratar los tres de sacarla a la fuerza del vehículo, si bien las diligencias contra el menor y la progenitora quedaron finalmente archivadas.

El episodio se produjo después de que la transportista se negara a trasladar a dos alumnos, uno de ellos el hijo del acusado, desde Villalón, una vez concluido el colegio, hasta sus respectivas localidades, tras haber tenido ambos menores un incidente con el novio de la denunciante, también conductor de autobús.

En el juicio la conductora mantuvo que al llegar a Vega de Ruiponce, donde tenía una parada programada para bajar a otros alumnos, no se percató de que el denunciado ya le estaba esperando junto a su esposa y su hijo, momento en el que el ahora absuelto la agredió y causó distintas lesiones, una de las cuales le provocó una hemorragia en la nariz producto de un puñetazo, cuando el progenitor del alumno tan sólo reconoce haberse dirigido a la denunciante con calificativos de "sinvergüenza" y "maleducada", pero sin ponerle una mano encima en momento alguno.

Su versión frente a la de una docena de testigos

Sin embargo, la versión de la conductora "en la más absoluta soledad" se encontró en el juicio con el testimonio exculpatorio hacia el padre del alumno ofrecido por una docena de testigos, entre ellos otros escolares que presenciaron los hechos y que niegan que hubiera contacto físico entre denunciante y denunciado y tan sólo una conversación a voces, e incluso agentes de la Guardia Civil y el médico del Centro de Salud de Mayorga, pues aseguran que la chófer no presentaba restos de sangre en la nariz tras el incidente.

A ello añade el juez en su fallo absolutorio el hecho de que existía una animadversión recíproca entre todos los alumnos y la 'autobusera', pues los padres de los primeros habían presentado una serie de quejas contra la transportista y ésta había hecho lo propio ante el mal comportamiento generalizado de los chicos durante los viajes en autobús, "luego ya existía una predisposición previa de la mala relación que influye, de manera subjetiva, en la forma de enfocar los hechos por parte de la denunciante".

Además, el juzgador advierte de que la 'autobusera' ya sufría previamente un proceso depresivo y de estrés motivado por sus problemas laborales, así como un amplio historial de asistencias por problemas óseos degenerativos, de ahí las dudas sobre si las lesiones denunciadas—contractura cervical vertebral, dolor de cuello, lumbar y en el hombro izquierdo—fueran producto del incidente o previas a éste.

Ante todas estas circunstancias, el juez opta por la absolución tras advertir de que "resulta imposible utilizar la prueba indiciaria para dar por probado, pese a lo relatado por la denunciante, la existencia de una agresión y de unas amenazas".

Tras la absolución, Eladio H.M. ha expresado su sentimiento "agridulce" tras recordar el "calvario" sufrido desde el día de los hechos, fruto de los juicios paralelos en los medios de comunicación que convirtieron a su familia en "comidilla" de toda la comarca y los insultos y descalificaciones recibidos en foros en Internet.

Además, subraya que en estos tres años la Justicia ha venido dando la razón a su familia, primero con la exculpación de su hijo y su esposa de los hechos, luego con la condena recaída sobre el novio de la conductora—150 euros de multa por una falta de amenazas sobre su hijo y otro alumno—y ahora con su propia absolución.