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El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso catalán contra la Ley de Costas

La destrucción de las costas es una imagen de archivo.
Pedro Armestre

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite cuatro recursos presentados por la Generalitat de Cataluña, entre ellos el relativo a la Ley de Costas, en todos los cuales el gobierno catalán recusó sin éxito al presidente del alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos. La Generalitat y el Parlament presentaron la recusación contra Pérez de los Cobos en 26 asuntos, pero el Tribunal Constitucional avaló a su presidente y rechazó esos recursos previos. Ahora, algunos de aquellos asuntos en los cuales fueron rechazadas las recusaciones han sido admitidos a trámite (una vez resuelto el incidente previo).

Se trata del citado recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley de Costas de 1988 y de tres conflictos competencia planteados por el ejecutivo catalán contra otros tantos decretos de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

La admisión a trámite del TC supone simplemente que el alto tribunal se declara competente para estudiar y resolver sobre estos asuntos, aunque no implica ningún pronunciamiento sobre cuál será el sentido de su fallo. El TC dará ahora traslado del recurso contra la reforma de la Ley de Costas al Gobierno, al Congreso y al Senado, que disponen de quince días para personarse y para formular alegaciones.

Recursos de otras Comunidades

También dará traslado de los conflictos de competencia al Gobierno que, en este caso, tiene veinte días para aportar "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes", según ha informado el propio tribunal.

El Constitucional debe resolver varios recursos autonómicos contra la Ley de Costas y no solo el catalán. De hecho, el pasado 15 de octubre admitió a trámite el presentado por el Gobierno asturiano.

Además del ejecutivo asturiano y de la generalitat catalana han recurrido también contra la nueva Ley de Costas Andalucía, Canarias y País Vasco. Todas consideran que la citada norma invade las competencias autonómicas y resulta arbitraria, además de anteponer los intereses privados a los públicos.

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