Vizcaya

Diputación de Bizkaia modifica los reglamentos de varios impuestos para adaptarlos a las medidas tributarias de 2012-13

Juan María Aburto
EUROPA PRESS

La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado, en la reunión del Consejo de Gobierno de este martes, un nuevo Decreto con el objetivo de adaptar los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, a las modificaciones efectuadas por la Norma Foral 1/2012, de 29 de febrero, sobre medidas transitorias para 2012 y 2013 y otras medidas tributarias.

En la rueda de prensa habitual tras el Consejo, el portavoz de la institución, Juan María Aburto, ha concretado la citada Norma Foral introduce una serie de cambios en la normativa tributaria vizcaína "motivados tanto por razones de política económica como por razones técnicas", e impulsadas por "la necesidad" de dar respuesta a las circunstancias económicas planteadas en el momento de su aprobación.

Así, la modificaciones reglamentarias más importantes afectarán al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el que se ha concretado el tratamiento fiscal de los excesos de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social que no hayan sido objeto de reducción en la base imponible del Impuesto.

Además, se ha actualizado una referencia normativa y se ha modificado el límite de la deducción por inversión en vivienda habitual cuando el contribuyente satisface en el mismo ejercicio, por decisión judicial, cantidades destinadas tanto a la adquisición de la vivienda familiar como a la de su propia vivienda habitual.

En el Impuesto sobre Sociedades, se ha incluido una modificación técnica consecuencia de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas, y se ha habilitado a los departamentos competentes de la Diputación para la emisión de informes motivados que posibiliten la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, y se concretan las normas para la deducción por creación de empleo.

Sucesiones y donaciones

Por otro lado, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se ha llevado al Reglamento las presunciones de realización de hechos imponibles y el procedimiento aplicable a las mismas, las tarifas impositivas y las acumulaciones de sucesiones y donaciones, ya incluidas en la Norma Foral del Impuesto.

Por último, se ha incluido en el Reglamento de gestión de los tributos la posibilidad de incorporar a los expedientes la referencia a la sede electrónica donde se publican los anuncios, además de, como hasta ahora, al boletín oficial correspondiente.