Nacional

Estrasburgo confirma que España deberá indemnizar con 23.000 euros a Arnaldo Otegi

Arnaldo Otegi, en la Audiencia Nacional en enero de 2010.
Ángel Díaz / Pool Reuters

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo, ha inadmitido el recurso del Gobierno español contra la sentencia que le obligó a indemnizar al dirigente 'abertzale' Arnaldo Otegi por haberle condenado por injurias al rey, al estimar que se vulneró su derecho a la libertad de expresión.

Los hechos se remontan a febrero de 2003, cuando Otegi era portavoz de la ilegalizada Batasuna. En una conferencia de prensa, donde el abertzale valoraba una visita de Juan Carlos I al País Vasco, relacionó al monarca con una denuncia de malos tratos y se refirió a él como “el jefe de los torturadores”.

El TEDH resolvió el pasado 15 de marzo que España había impuesto a Otegi una pena “desproporcionada” y obligaba a indemnizarle con 23.000 euros. La Gran Sala del TEDH la que ha rechazado la petición del Ejecutivo de que se revisara esta primera decisión del tribunal.

Tres cuestiones para examinar

En el recurso interpuesto el pasado mes de junio por la Abogacía del Estado, ésta solicitaba que la Gran Sala examinara tres cuestiones "que afectan a la interpretación del Convenio" y son "de general importancia".

La primera de esas cuestiones versaba sobre "las consecuencias del ejercicio de la libertad de expresión por parte de un cargo electo, en relación con la reputación de otros" y la segunda acerca de "los deberes y las responsabilidades de los políticos cuando ejercen tal libertad en un contexto de violencia".

La Abogacía también pedía a Estrasburgo que se pronunciara sobre "la protección de las instituciones del Estado, como el jefe del Estado, de las difamaciones".

En este sentido, el escrito de los servicios jurídicos del Estado recordaba que el rey no puede intervenir en el debate político ni defender su reputación institucional en los tribunales.

loading...