Las claves para recibir una indemnización de hasta 9.000 euros si compraste un coche entre 2006 y 2013

Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
Wochit
Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
El Tribunal Supremo ha avalado a la CNMC contra varios concesionarios y fabricantes de coches por encarecer el precio de los vehículos entre estos años.
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Las sentencias que tumban los recursos de los concesionarios que formaban parte del cártel de coches y que dan la razón a las sanciones de la CNMC, que han empezado a promulgarse este año, abren el paso a que todos los conductores afectados por esta organización puedan comenzar a reclamar. 

Estas actas judiciales marcan el tempo de las reclamaciones, que será de un año desde que se publique la sentencia que nos incumba. A partir de este periodo de tiempo habremos perdido nuestra opción de reclamar hasta 9.000 euros de indemnización (o aproximadamente el 10% de los que nos costara el coche) si nos encontramos entre los afectados. Para saber si tenemos derecho a recibir compensación económica y, por ende, si estamos entre los afectados por el cártel de coches, se pueden utilizar diversas herramientas como esta calculadora de la OCU.

Pero, además de saber si estamos entre los afectados y tener en cuenta el periodo de tiempo durante el cual podemos reclamar, hay que conocer muy bien cómo es el proceso de reclamación y cuáles son las claves para triunfar. El director general de Consultores Técnicos, Frank Rodríguez Trouwborst, da las claves principales en La Información.

  1. Lo primero es iniciar un peritaje exhaustivo que determine el daño real sufrido por los pactos anticompetencia de los concesionarios involucrados en el cártel. Habrá que aportar en la demanda documentos como la factura de compra, justificantes...
  2. Hay que ajustar la demanda al periodo temporal que corresponda. Para ello, habrá que estudiar si el concesionario donde nosotros adquirimos el vehículo se encontraba dentro del cártel en la fecha de compra (no todos los establecimientos vulneraron las normas al mismo tiempo ni durante el mismo periodo). El marco temporal va desde 2006 a 2013.
  3. Es necesario especificar bien la marca y el modelo de coche y saber si están entre los afectados y demandar solo en caso de haber comprado el coche en uno de los concesionarios de la lista de la CNMC. 
  4. Si nuestro concesionario no está en la lista de la CNMC, habrá que ser capaz de demostrar el 'efecto paraguas'. Este fenómeno se refiere a los perjuicios que haya podido sufrir un comprador en la compra de su vehículo, aunque el concesionario en el que lo haya comprado no trabajara con pactos anticompetencia, porque este se haya aprovechado de la situación creada por el cártel para elevar sus precios de venta.
  5. Habrá que interponer una demanda por cada concesionario o fabricante y cada infracción cometida. Es decir, si hay una marca involucrada y un establecimiento de posventa, habrá que redactar dos demandas para cada infractor y cada infracción.
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