Economía

El salario tras ser despedido

Antecedentes

La empresa en la que trabajaba Margarita le entregó una carta de despido, con efectos desde ese mismo día, por «disminución voluntaria y continuada del rendimiento en la realización de las funciones y los cometidos inherentes a su condición de auxiliar administrativo». Los hechos imputados en dicha carta nunca fueron acreditados.

Las partes

La empresa

Al día siguiente, la empresa notificó a Margarita que reconocía la improcedencia del despido y que, por tanto, había transferido a su cuenta corriente el dinero de la preceptiva indemnización (45 días por año trabajado), así como el que le correspondía por el finiquito.

La empresa pretendía paralizar de esta manera los salarios de trámite. Éstos se abonan desde la fecha del despido hasta que se cumple la sentencia, siempre que ésta sea favorable al empleado y confirme la improcedencia del despido. La ley establece que si se depositan en el juzgado las cantidades de la indemnización, los salarios quedan paralizados.

El trabajador

La trabajadora decidió entonces interponer ante el Juzgado de lo Social una demanda por despido. La sentencia declaró la improcedencia del despido. Dio un plazo de cinco días a la empresa para readmitirla en las mismas condiciones o indemnizarla, pero consideraba que al haberse transferido las cantidades, se paralizaban los salarios de trámite.

Margarita no estaba de acuerdo y presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, ya que la ley especifica que, para paralizar estos salarios, hay que depositar el dinero en el juzgado.

La sentencia

El Tribunal Supremo le dio la razón, condenando a la empresa a abonar los salarios de tramitación hasta la fecha de notificación de la sentencia.

El Supremo consideró que la ley quiere garantizar, con la consignación judicial, el cumplimiento por parte de las empresas de este requisito. Además, este mecanismo ofrece al trabajador la opción de comunicar a través del juzgado, o por cualquier otro medio, su aceptación o rechazo; o no contestar, y recoger la indemnización o mantenerla en depósito a su disposición.