Cádiz

Acusación del crimen de La Viña confía en que se localice pronto a su autor, en paradero desconocido

Según explicó a Europa Press el abogado de la acusación, Javier García Marichal, el TS ratificó el pasado 17 de marzo la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz —confirmada después por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)— que condenó a ocho años y nueve meses de cárcel a esta persona.

Más tarde, la sentencia del TS se hizo firme a través de un auto que dictó el juzgado de Cádiz y que fue notificado a las partes el pasado 13 de abril. Entre otras medidas, el auto ordenaba la detención e ingreso en prisión del condenado, y esa orden judicial es trasladada a la Policía Judicial, que es quien tiene que hacerla efectiva.

Sin embargo, en la tramitación de la orden se produjo una demora de "aproximadamente un mes" hasta que llegó a la Policía, que cuando acudió al domicilio del condenado para hacerla efectiva "encontró la sorpresa de que no estaba ahí". Desde entonces, la Policía está buscando, aún sin éxito, a José María Díaz Cosa.

El letrado manifestó que "no estoy en que haya habido un error judicial", tildando el retraso en la notificación a la Policía de "cuestión menor", ya que el acusado "sabía que tenía que cumplir" desde que dictó sentencia el TS hace dos meses. Según puntualizó a Europa Press, conforme a ley, el condenado no podía estar en situación de prisión preventiva durante la tramitación del procedimiento porque "ya la agotó en su día" y, por tanto, "había que confiar en su buena voluntad" y en su disposición a cumplir la condena.

Por ello, consideró que este hecho es "consecuencia del sistema que tenemos, de unas reglas que nos benefician o perjudican" y que "en este caso benefician al condenado", al que no se podía mantener en prisión preventiva, reiteró.

En su opinión, que se haya "evadido" ahora y no antes responde a que con la sentencia del TS se agotó la vía judicial ordinaria, porque ya sólo cabe recurso ante el Tribunal Constitucional que, entre otras cuestiones, "no suspende la ejecución de la condena".

Confianza en la policía y antecedentes

Así las cosas, José María Díaz Cosa se encuentra "en paradero desconocido", con lo que "técnicamente estaría en busca y captura". El abogado, que reconoció que se trata de un caso "muy especial, muy complejo" y con "muchísimas vicisitudes procesales", esperó que la Policía localice a esta persona "lo más pronto posible" y confió en que es "sólo cuestión de tiempo" que dé con él y sea conducido a prisión para cumplir la pena que le corresponde.

El conocido como 'crimen de La Viña' fue cometido en noviembre de 1998. Dominga, de 79 años, apareció muerta en su casa y su vecino José María Díaz Cosa fue declarado culpable de asesinato, robo y allanamiento de morada después de que se hallaran en casa de éste varias joyas de la anciana.

En 2008, la Audiencia Provincial gaditana, a través de un jurado popular, consideró probado que Díaz Cosa entró a robar en casa de su vecina. Al ser sorprendido, la apuñaló con un cuchillo causándole la muerte de forma inmediata. El tribunal provincial le condenó a siete años y medio por este delito y a quince meses por robo con violencia así como a pagar 72.000 euros por allanamiento de morada; mientras que su pareja fue declarada no culpable de complicidad por falta de pruebas.

Ahora, hace justo dos meses, el Alto Tribunal rechazó el recurso del acusado sobre la supuesta falta de pruebas inculpatorias al considerar que el jurado que le declaró culpable sí tenía pruebas y elementos suficientes, como la declaración autoinculpatoria que Díaz realizó ante la policía o el hecho de que se encontrasen joyas de Dominga en su casa.

El Supremo también rechazó el recurso de una de las hijas de la fallecida contra el atenuante de dilación en el proceso que aplicó la Audiencia. El TS considera "excesivo" que hayan pasado once años desde que ocurrió el apuñalamiento, pero lo atribuye a que el proceso se ha tenido que repetir y dice que el asesino ha sido ajeno a la duración del proceso.

El fallo de la Audiencia Provincial que ahora ha sido confirmado por el Supremo era el segundo sobre el caso, después de que en el año 2002 se conociera el primero. Poco antes del inicio de la vista oral, el abogado de la acusación se retiró del caso pero el proceso continuó. Al final del mismo, el jurado popular consideró no culpables a Díaz y a su esposa.

Cinco años después, el Tribunal Constitucional mandó repetir el juicio por los impedimentos de la familia de la víctima en aquella primera vista y fue en 2008 cuando el caso volvió a tratarse en la Audiencia Provincial.

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