Barcelona

Catalunya aprueba un decreto que impide que se construyan pisos de menos de 40 m2

La mayoría de los jóvenes viven en pisos de pequeñas dimensiones.
JORGE PARÍS

El Gobierno ha aprobado un decreto sobre condiciones de habitabilidad de las viviendas que fija el umbral máximo de ocupación por vivienda y amplía la superficie mínima útil de 30 a 40 metros cuadrados. Así, una vivienda nueva no podrá tener menos de 40 metros cuadrados, para evitar los minipisos. También se introduce la obligatoriedad de la cédula de habitabilidad para todas las viviendas.

Otra de las novedades es que el decreto especifica como condición exigible que todo vivienda nueva debe ser apto para la ocupación de dos personas y debe constar, como mínimo, de una habitación, un cuarto higiénico, un equipo de cocina, admitir directamente la instalación de un equipo de lavado de ropa, prever una solución para el secado natural de la ropa.

El decreto prevé la posibilidad de que los espacios de los hogares sean flexibles y puedan adaptarse a las necesidades cambiantes de sus ocupantes. Así, la compartimentación de la vivienda será libre, con la única limitación de que los espacios destinados a las habitaciones puedan independizarse y los destinados a cuartos higiénicos sean recintos independientes.

El decreto señala que las viviendas permitan a las personas con movilidad reducida el acceso y la utilización de forma autónoma de los espacios de uso común, aún cuando no se ajusten forzosamente a todos los requerimientos de la vivienda adaptada.

De este modo, espacios como la cocina, el baño y los espacios de circulación habrán de disponer de una anchura suficiente para hacer un giro de un metro y veinte centímetros de diámetro, libre de la molestia de las puertas. La ducha o bañera, váter y lavamanos han de tener una altura que facilite la accesibilidad.

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