La Comunidad pagará 346.000 euros a un hombre golpeado por un tren en Arganda
- Lo dice una sentencia del Tribunal Supremo.
- Ocurrió en 1991 cuando le golpeó el paracoches de la locomotora.
- Es responsable por la alta peligrosidad del paso a nivel.
Así lo acuerda la Sala de lo Civil del TS, en una sentencia que desestima el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid y la empresa propietaria del tren contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que queda confirmada.
Un lugar peligroso
El accidente ocurrió el 23 de abril de 1991, cuando el hombre, que tenía 20 años entonces, esperaba en un paso a nivel a cruzar la vía y la locomotora de un tren cementero que pasaba en ese momento le impactó por el extremo derecho del parachoques de la locomotora.
La víctima, como consecuencia del accidente, salió disparada unos 30 metros y sufrió "gravísimas lesiones" que le han provocado la situación de gran invalidez. El Supremo confirma ahora la sentencia de la Audiencia madrileña ya que indica que "basta observar las fotografías aportadas con la demanda para comprobar
Responsabilidad de la Comunidad
Agrega el Alto tribunal que para los peatones no existe ninguna advertencia "en el sentido de que no puedan atravesar el paso hacia la vía desde la acera cuando el tren esté próximo" y señala que "es cierto" que el paso da acceso a una zona de "mínima anchura" que supone "una alta peligrosidad para los peatones".
En consecuencia, el Alto Tribunal afirma que el consentimiento en mantener dicha situación de riesgo, "da a lugar a la responsabilidad" y descarta la culpabilidad exclusiva de la víctima, porque "desde luego no puede derivarse del hecho de que el ferrocarril siga un trazado inamovible a través de la vía por la que circulaba"