Requisitos para votar en las elecciones generales 2019
- Las elecciones del 28-A serán las primeras en las que 100.000 personas con discapacidad intelectual podrán votar.
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Se acerca el dÃa de las elecciones generales y como en cada ocasión que hay que acudir a las urnas hay ciertas dudas que resurgen una y otra vez: ¿Quién puede y quién no puede votar en unas elecciones?
¿Quién puede votar?
En las Elecciones a Cortes Generales pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el Censo Electoral (tanto residentes en España como residentes en el extranjero).
No podrán votar:
- Los condenados por sentencia judicial firme a pena de privación del derecho de sufragio.
- Los declarados incapaces por sentencia judicial firme, siempre que dicha sentencia declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio.
- Los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure el internamiento y siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio.
Las elecciones del 28A serán las primeras en las que 100.000 personas con discapacidad intelectual con sentencia judicial de incapacidad podrán ejercer su derecho al voto.