Baleares

Aprobada en Ibiza la ordenanza sobre Informes de Evaluación de Edificios para comprobar la conservación de inmuebles

La nueva ordenanza, con la que el Consistorio se adapta a la normativa obligatoria, establece que los propietarios de edificios cuya antigüedad supera los 50 años deben presentar este informe de evaluación de edificios en un plazo máximo de 5 años, así como un informe posterior cada 10 años.

Según han informado, el objetivo es garantizar la seguridad de las construcciones más antiguas y avanzar la posible solución de problemas que pueden llegar a ser graves. Los controles técnicos periódicos ayudarán a conocer las patologías de los inmuebles y son de gran utilidad para ayudar a ejecutar actuaciones inmediatas, según han explicado.

Entre otras cosas, la ordenanza contempla que los edificios que hayan sido sometidos a obras de rehabilitación integral se entiende que tendrán la antigüedad correspondiente al plazo de finalización de las obras de mejora. Los que estén en el Conjunto Histórico de Vila o en su entorno se someterán a una primera evaluación con carácter preferente, con lo que los primeros informes serán los de los edificios de los barrios de Sa Penya y La Marina.

Desde el Consistorio han editado un tríptico explicativo sobre el informe, que se repartirá en estas zonas. Los propietarios de viviendas no protegidas que no cumplan la ordenanza podrán enfrentarse a sanciones que van de los 600 a los 1.500 euros. Si los edificios están catalogados o protegidos, pueden llegar a los 2.999 euros.

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