Valencia

Estado y Generalitat inician las negociaciones para resolver discrepancias sobre la ley de función social de la vivienda

Vivienda
EUROPA PRESS

Así lo publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), que detalla los artículos sobre los que existe discrepancia, entre ellos el número 2, sobre el derecho a disfrutar de una vivienda asequible, digna y adecuada o parte del 5, concretamente en los supuestos en los que se da el incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda.

La ley se refiere a supuestos como que una vivienda esté deshabitada de forma permanente e injustificada, el uso inadecuado al someterla a una utilización distinta de su calificación urbanística o la sobreocupación por explotación económica de la misma.

Otros puntos de la ley sobre los que se debatirá en la comisión son los referidos a ejercer el derecho subjetivo a una vivienda ante la conselleria competente, que deberá resolver la solicitud en seis meses proporcionando alguna solución habitacional, el registro de viviendas deshabitadas, las infracciones al respecto o las medidas para garantizar la protección a las personas en procedimientos de ejecución hipotecaria.

También existen discrepancias en torno al artículo 13, que regula la declaración del interés social y la necesidad de ocupación a efectos de expropiación forzosa del usufructo temporal de viviendas incursas en procedimiento de desahucio para la cobertura de necesidades de vivienda de personas en situación de emergencia social.

A partir de ahora se designará un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.