Sevilla

APIA da cuenta de una sentencia que obliga a la Junta a facilitar el Plan Provincial de Actuación de Inspección

La sentencia, según ha explicado APIA en una nota, llega tras un "largo y tortuoso" procedimiento de más de tres años de duración. La respuesta negativa a facilitar ese documento por parte de la Inspección, "que debería figurar por méritos propios en la antología del disparate administrativo, cuando no penal", alegaba que el citado Plan Provincial de la Inspección "era archiconocido por todo el mundo y que se podía consultar en BOJA, para simultáneamente afirmar, sin alterarse lo más mínimo, que se trataba de un documento de uso restringido de la inspección y declarar la improcedencia de enviar copia a las personas que lo soliciten".

En los fundamentos de derecho de la sentencia se destacan las "innumerables" contradicciones en que habrían incurrido los firmantes de la resolución de la Delegación Territorial de Sevilla, entre ellas, negar el documento a la vez que decían podía ser consultado en BOJA, "sin facilitar dato alguno sobre la fecha de publicación".

De igual forma, la sentencia declara vulnerado el artículo 40.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y considera que la actuación de la administración demandada constituye "un atentado contra el legítimo derecho de los delegados sindicales al ejercicio de la libertad sindical, consagrado en el artículo 28.1 de la Constitución Española, así como en la Ley Orgánica de Libertad Sindical".

"La conducta antisindical de la Delegación Territorial de Sevilla, emulada por otras delegaciones territoriales en las que igualmente se solicitó, sin éxito alguno, el plan de la inspección correspondiente -entre ellas la de Granada y además en reiteradas ocasiones-, ejercida a través de los máximos responsables del servicio de inspección, ha contado en todo momento con el amparo de la Consejería de Educación y sus servicios jurídicos, que han aportado al expediente diferentes versiones de un documento único (el plan provincial de actuación de la inspección de Sevilla correspondiente al curso 2012-2013), en un intento vano de enfangar el procedimiento y obnubilar el juicio de la magistrada", manifiesta APIA.

Así, el propio fallo de la sentencia, mantiene la asociación, abre la puerta a que, llegado el caso, la jurisdicción penal determine la autenticidad o falsedad de las diferentes versiones del plan de la inspección aportadas al procedimiento por la Consejería, "con la pretensión de hacerlas pasar por el documento solicitado".

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