Elecciones Generales

Este miércoles termina el plazo para que los españoles en el exterior puedan votar por correo

Material para ejercer el voto por correo.
EUROPA PRESS

Este miércoles termina el plazo para que los españoles residentes en el exterior puedan votar por correo y enviar sus papeletas a la oficina consular en la que están inscritos.

Las solicitudes para participar en los comicios del 26-J se cerraron el pasado día 17 con un total de  1,45 millones de peticiones admitidas a trámite, casi en el doble de la de los comicios del 20-D, según datos del Ministerio del Interior.

Aunque los registrados en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) tienen la opción de depositar su papeleta en urna en su consulado desde el miércoles hasta el mismo domingo 26, de nuevo las protestas por el voto rogado están marcando el final de campaña.

Este fin de semana, según informa Marea Granate, se han convocado manifestaciones frente a embajadas y consulados en ciudades como Berlín, Lisboa, París o Luxemburgo, entre otras.

Algunos votantes han expresado sus quejas en las redes sociales, por falta de sobres, envíos devueltos, etc.

Quienes opten por el voto por correspondencia, deben remitirlo certificado al consulado o embajada, desde donde se trasladarán posteriormente a la Junta Electoral Provincial correspondiente.

Para que los votos sean válidos, será obligatorio que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una oficina de correos del país correspondiente, o en su caso, de la oficina consular.

El día 25, una vez acabado el plazo para el depósito del voto en urna, todos los votos serán remitidos al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, que los enviará con carácter urgente a las juntas electorales encargadas del escrutinio.