Madrid

La Audiencia de Madrid ordena reabrir el caso del espionaje en la Comunidad por tercera vez

El secretario ejecutivo del PP en el Exterior, Alfredo Prada, fue uno de los miembros del PP de Madrid que sufrió espionaje.
Partido Popular

La Audiencia de Madrid ha ordenado reabrir de nuevo, por tercera vez, el denominado caso de espionaje en la Comunidad de Madrid, al considerar que hay indicios de un delito de malversación de caudales públicos por parte de los cuatro funcionarios y asesores de la Comunidad de Madrid acusados.

El auto de la Sección 16 de la Audiencia Provincial, fechado el pasado 1 de junio, estima un recurso interpuesto por la exdiputada socialista Maru Menéndez y otras personas contra el auto dictado el pasado 23 de febrero por el Juzgado de Instrucción 5 de Madrid, que suponía el sobreseimiento provisional del caso por tercera vez.

Así el auto de la jueza de instrucción queda revocado y el trámite debe continuar "por los trámites legalmente previstos", sin que quepa recurso.

Los magistrados consideran que, como ya sostuvieron en ocasiones anteriores, hay indicios de un posible delito de malversación de caudales públicos por parte de los funcionarios y guardias civiles Sergio Gamón Serrano, José Oreja Sánchez, José Luis Caro Vinagre, José Manuel Pinto y Antonio Coronado Martínez.

Están acusados de utilizar teléfonos y vehículos que tenían para desarrollar su cargo para espiar al exvicealcalde de Madrid Manuel Cobo y al exconsejero Alfredo Prada, entre otros políticos madrileños, en 2008 y 2009.

No afecta a la presunción de inocencia

En el auto, los magistrados de la Sección 16 explican que tanto la Fiscalía como los imputados se opusieron al recurso, pero en su opinión sí debe prosperar porque en el último sobreseimiento "no se han concretado los indicios iniciales que la Audiencia puso de manifiesto".

Además sostienen que se admitió la declaración como testigo de Yolanda Laviana, cuando ésta estaba casada con uno de los procesados, Sergio Gamón, cuando ocurrieron los hechos, y subrayan que la dificultad en la cuantificación del importe supuestamente malversado "no constituye obstáculo para que no pueda descartarse el grave perjuicio para la causa pública".

El auto aclara que la decisión de que el proceso continúe no afecta a la presunción de inocencia de los imputados, ya que solo se trata de un pronunciamiento provisional en términos de indicios.