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Las decisiones de los padres o los derechos de los hijos, ¿qué es más importante?

Un médico comprueba el estado de un niño ingresado en un hospital.
GTRES

Los niños tienen unos derechos y sus padres, unos deberes con ellos.

Esta afirmación, que parece obvia y que consta en tratados internacionales como la Convención de los Derechos del Niño y en normas internas como la Constitución o el Código Civil españoles, se diluye cuando saltan a la palestra casos como en de A.K. el menor británico al que sus padres se llevaron del hospital, sin consentimiento médico, cuando recibía tratamiento para un tumor cerebral. Ambos han pasado a disposición judicial.

En nuestro país, los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de sus padres, que tienen que ejercer como tales respetando la integridad física y psicológica de sus vástagos. También, "tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral", representarlos y administrar sus bienes. Esa patria potestad se puede perder si hay una condena penal por abandono, maltrato o abusos sexuales.

Por su parte, los niños tienen derecho a asistencia y cuidado especiales y todas las decisiones que les afecten tienen que tener en cuenta su "interés superior", según Naciones Unidas. En el caso de los temas de salud, además, hay especificidades: en 1986 se aprobó la Carta Europea sobre Derechos de los Niños Hospitalizados que, entre otras cosas, dice que tienen derecho a no recibir tratamientos médicos inútiles "y a no soportar sufrimientos" evitables.

Pero también tienen derecho a recibir los cuidados que necesitan y, si es necesario, se contempla la actuación de la justicia para que así sea. Se citan razones "religiosas, de retraso cultural, de prejuicios" u otras por parte de los padres. En 2012, de hecho, la Fiscalía General del Estado emitió una circular para aclarar situaciones relativas a  intervenciones urgentes a menores cuando los padres o representantes legales estuvieran en contra.

La nota hacía mención expresa a los testigos de Jehová y a su rechazo a las transfusiones sanguíneas. En el caso de A.K., la familia ha negado que su condición religiosa -son de esta confesión- haya tenido que ver con el traslado del niño a España y ha explicado que querían cambiarlo de hospital. El menor estaba conectado en el centro a una máquina de alimentación de manejo complicado con una batería que había que cambiar.

No solo confluyen cuestiones religiosas en estos temas. La ley andaluza de los derechos y la atención al menor de 1998 —las autonomías, en virtud de sus competencias, han desarrollado legislaciones propias sobre menores— dice que estas creencias, así como las éticas y culturales del menor y los padres se respetarán siempre, a menos que "pongan en peligro la vida del menor o la salud pública". Los niños, dice la ley madrileña de 1995, "no pueden ser considerados como propiedad de sus padres, de su familia o de la Administración".

La Fiscalía dice en su circular que cuando los representantes legales de un menor "sin condiciones de madurez" están en contra de una intervención sin la cual la vida del niño corre grave riesgo, el médico o el fiscal deben acudir al juez; no obstante, si la situación es de gran urgencia, el médico puede alegar cumplimiento del deber o estado de "necesidad justificante". "Primará el derecho a la vida del menor", insiste la norma madrileña.

La ley también protege a los menores en otros ámbitos, como el laboral. Los menores de dieciséis años no pueden trabajar aunque, en casos excepcionales, pueden participar "en espectáculos públicos" con una autorización especial y siempre que no se ponga en riesgo su salud o su "formación profesional y humana", según el Estatuto de los Trabajadores. En cuanto a la educación, por ejemplo, es obligatoria a partir de los seis años.

Los niños, asimismo, tienen que recibir alimentos por parte de sus padres; esta obligación no desaparece ni cuando se pierde la patria potestad. En términos legales, por "alimentos" se entiende, además de la comida, el alojamiento, el vestido, la asistencia médica y la educación, entre otras cosas, según explica el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.