Google tacha de "decepcionante" la sentencia europea sobre el derecho al olvido en Internet

Una mujer trabaja con su ordenador portátil.
Una mujer trabaja con su ordenador portátil.
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Una mujer trabaja con su ordenador portátil.

Google ha considerado "una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que respalda el "derecho al olvido" en Internet.

En un comunicado, la directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, Marisa Toro, asegura que están "muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó". En junio de 2013, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Niilo Jääskinen, hacía prevalecer el derecho a la información sobre el "derecho al olvido" al asegurar que la directiva europea sobre protección de datos no establece ningún derecho al olvido generalizado.

Para Jääskinen, solicitar a los buscadores de Internet que eliminen información legítima y legal que se ha hecho pública "traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web" y "equivaldría a una censura del contenido publicado realizada por un particular".

Ahora, tras esta decisión tomada por el Tribunal de Justicia de la UE, Google dice que dedicará tiempo "para analizar sus implicaciones".

Según la directora de Asuntos Legales de Google España, María González, no parece lógico que los motores de búsqueda tengan que retirar enlaces a información pública, cuando no lo hacen los propios responsables de los contenidos, y además teniendo en cuenta que se puede acceder a los mismos por muchas otras vías. Ha agregado que la tarea de indexar no es exclusiva de buscadores tipo Google sino que desde Internet cualquiera puede hacerlo.

Protección de Datos: "Marca un punto de inflexión"

Todo lo contrario ha opinado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que se ha mostrado satisfecha por esta sentencia de "gran trascendencia" porque resuelve la cuestión prejudicial planteada en marzo de 2012 por la Audiencia Nacional sobre la interpretación de la normativa europea de Protección de Datos (Directiva 95/46/CE) en relación con la actividad de los motores de búsqueda de Internet, según la AEPD.

El director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez, confía en que "esta sentencia marque un punto de inflexión en la conducta de la empresa Google y que, a partir de ahora, cumpla con la normativa europea de protección de datos y respete los derechos de los ciudadanos".

En una nota, Protección de Datos se congratula de que el TJUE respalde sus planteamientos y establezca con carácter vinculante la interpretación correcta de la Directiva para el futuro, "con lo que se impedirá que se vuelvan a producir intentos de sortear su aplicación con el consiguiente perjuicio para los afectados".

Recuerda que la decisión afecta a más de 220 recursos interpuestos por Google contra resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos, actualmente pendientes ante la Audiencia Nacional.

En los últimos años, la Agencia Española de Protección de Datos ha tenido que atender un número creciente de reclamaciones de ciudadanos que solicitan su amparo frente a la empresa Google después de que ésta "se haya negado a acoger sus demandas de poner fin a la difusión en Internet, por medio de su buscador, de informaciones que carecen de relevancia pública y cuya divulgación general les está causando un daño personal".

En todos los casos los afectados se quejan de que la compañía ha rechazado la petición aduciendo, como primer argumento, que su actividad no está sujeta al derecho español.

El afectado por esta sentencia, satisfecho

Mario Costeja, el español que ha logrado que el TJUE le diera la razón al exigir que se quitara en Google un enlace a una información que le perjudicaba, considera que este buscador "era una gran herramienta y ahora es perfecta". Costeja, que reside en A Coruña, ha explicado que el fallo del TJUE es coherente y satisfactorio, pues con él "hay unas reglas de juego" para estas compañías y para los ciudadanos.

El afectado denunció que en 1998 un periódico español de gran tirada, La Vanguardia, publicó en su edición impresa dos anuncios relativos a una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas a la Seguridad Social, que luego se digitalizaron.

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