Valencia

Condenan a Ivia y a Universal Plantas a pagar 142.900? a un trabajador que perdió una mano en un accidente en 2007

El juzgado de lo Social número 17 de Valencia ha condenado al Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (Ivia) y a Universal Plantas S.A. a indemnizar con 142.833,75 euros a un trabajador que perdió una mano en un accidente laboral registrado en el año 2007. Como consecuencia, se le declaró en situación de Incapacidad Permanente total para la profesión habitual.

Así consta en la sentencia, dictada en 2012, y facilitada por CCOO, sindicato que ha denunciado que en el quinto aniversario del accidente, y un año y medio después de la resolución judicial, el trabajador todavía no ha recibido la indemnización fijada por el juez.

El demandante fue contratado en octubre de 2007 por Universal Plantas, empresa dedicada a actividades agrícolas varias, y desarrollaba su trabajo en el centro de trabajo situado en las instalaciones del Ivia, con categoría de peón agrícola. Entre sus tareas, se dedicaba a la manipulación, triturado, molienda y envasado de plantas procedentes de los arranques del vivero. Asimismo, prestaba en régimen de pluriempleo servicios laborales para el Ivia.

En noviembre de 2007, sufrió un accidente de trabajo, cuando su mano quedó atrapada por el rotor triturador de una máquina trituradora cuando limpiaba residuos de leña rosal. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social apreció infracción en materia de prevención de riesgos laborales, infracción grave, y determinó la responsabilidad solidaria de las dos codemandadas.

Asimismo, el INSS declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Seguidamente, se le declaró al trabajador la situación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, con derecho a percibir una pensión.

Además, en el manual de instrucciones de la máquina trituradora se indicaba expresamente que la misma solo podía ser utilizada, mantenida o reparada por los operadores expertos que se hubieran familiarizado previamente con ella y las instrucciones relevantes.

Por su parte, en el examen de investigación del accidente elaborado por la empresa figuran las siguientes causas: incumplimiento de órdenes expresas para el trabajo; retirada/anulación de protecciones o dispositivos de seguridad; método de trabajo inadecuado del trabajador accidentado; menosprecio del riesgo existente; retirada del dispositivo de protección del mecanismo triturador; y realización de los trabajos de limpieza sin la parada total de la unidad ni del rotor.

El juez, tras estudiar los hechos, determinó la responsabilidad de las codemandadas por inexistencia de evaluación de riesgos con anterioridad al accidente y por insuficiente formación e información al trabajador en materia de prevención de riesgos en su puesto de trabajo.

Incremento por el retraso

En la actualidad, más de un año y medio después de que se registrara el accidente, CCOO ha denunciado que el trabajador no ha cobrado la indemnización. Ante ello, en el consejo asesor del Ivia celebrado este miércoles, el sindicato exigió explicaciones y avisó del incremento del coste por la falta de cumplimiento de la sentencia en tiempo y forma.

Este incremento —ha agregado— "va a repercutir sobre los presupuestos de la Generalitat, en tanto que la cuantía a abonar como indemnización genera intereses de demora". "Lamentablemente —ha añadido—, el Ivia no tenía conocimiento oficial de la sentencia. Por ello, la reclamó a la abogacía de la Generalitat, el 27 de mayo, sin tener aún respuesta formal".

Para CCOO, "a la gravedad del incumplimiento de la normativa de prevención laboral por parte del Ivia, entidad de derecho público de la Generalitat Valenciana, que ha causado que un trabajador sufra un accidente laboral, se le suma que cinco años después todavía no haya percibido la indemnización por la falta de coordinación de la Generalitat", ha lamentado.