Murcia

Jurado Popular declara culpable al hombre que mató a su primo durante una discusión

El acusado de matar a su primo durante discusión en Patiño junto a su abogado
EUROPA PRESS

El jurado popular que desde la semana pasada ha juzgado en la Audiencia Provincial de Murcia a Antonio G. le considera, según el veredicto que ha emitido, culpable de dar muerte a su primo durante una discusión. La magistrada María Jover, que ha presidido el jurado, será la encargada de redactar la sentencia.

En concreto, considera probado por unanimidad que el acusado en un momento de la discusión empezó a golpear a su primo en diversas partes del cuerpo y que tuvo intención de acabar con la vida de su primo al apretarle el cuello con fuerza y repetidas veces.

Coincide, asimismo, en que la hemorragia en el cuello en ambos lados y la rotura del cartílago y de un hueso, le ocasionó la pérdida de paso de aire a los pulmones y su fallecimiento por asfixia mecánica por estrangulación.

También queda probado por unanimidad, según el jurado, que Antonio G. no tenía intención de matar a su primo, "pero que sabía y aceptaba que podía morir por las heridas ocasionadas", y que llamó inmediatamente a sus familiares para que dieran aviso a los servicios de Emergencias "para auxiliar a su primo y evitar en la medida de lo posible el fallecimiento".

Pero, por el contrario, indica que no queda probado que en el ánimo del acusado nunca estuviera la intención de matar por una mayoría de cinco a cuatro. Tampoco que las lesiones que presentaba el fallecido en el cuello pudieran ser provocadas por los golpes que recibió así como por efecto de la caída del suelo ni que la víctima muriera como consecuencia de una asfixia provocada por la aspiración de su propia sangre.

El jurado coincide también en que no queda probado que la actuación del acusado estuviera movida en todo momento por el ánimo de defensa, así como que ejecutara los hechos con más intensidad de la necesaria para repeler el ataque.

Tampoco que las lesiones provocadas por los golpes que el acusado propinó a su primo fueran mortales; circunstancia ésta junto con la de que no quede probado, según el jurado, que la actuación del acusado estuviera movida por el ánimo de defensa, que ha hecho dudar a la juez de "posible incompatibilidad" y por el que el abogado de la defensa ha recordado que "el veredicto está emitido y las aclaraciones, correcciones o dudas se hacen con anterioridad". "No quiero que se modifique absolutamente nada", ha manifestado.

No recomienda su indulto

El Jurado Popular opina también que queda probado que el acusado cuando se dirigió hacia unas tierras de labor en un carril de la pedanía murciana de Patiño coincidió "de forma imprevista" con su primo, quien se encontraba realizando labores de fumigado, portando para ello una máquina fumigadora portátil que llevaba colgada a la espalda.

También que el fallecido tenía problemas con el alcohol, que era una persona de carácter agresivo y violento, potenciado por el consumo de alcohol frecuente, habiendo ingresado en un centro psiquiátrico en 1991. No así que Antonio acudiera a dichas tierras para acceder a su huerto y coger naranjas que pretendía entregar a un familiar, "por ausencia de pruebas".

El jurado también coincide en que queda probado por unanimidad que los primos no mantenían una buena relación y que se produjo una discusión por motivos "no aclarados", pero no que en un momento dado, el fallecido levantara la varilla de la fumigadora y con la misma golpeara al acusado que trató de defenderse con las manos.

También queda probado que el acusado es diestro y empujó a su primo cayendo en el suelo, aunque si bien el jurado no encuentra probado que cayera sentado, tampoco que la víctima intentara golpear de nuevo al acusado "dado su estado ebrio", ni que el acusado para defenderse de los ataques de su primo tuviera que utilizar su pierna izquierda tratando de golpear la varilla porque "no presentaba lesiones".

Asimismo, considera que queda probado que el procesado propinó patadas a su primo, ocasionándole múltiples heridas en la cara, fractura de una costilla y pérdida de piezas dentales "por carecer de lesiones defensivas".

Por último, el jurado no ha recomendado el indulto del acusado por unanimidad.

Fiscal mantiene 10

Años de prisión y defensa su inocencia

Tras la lectura del veredicto, la fiscal, Arancha Morales, ha solicitado diez años de cárcel para el acusado, de los 14 iniciales que solicitaba, y su ingreso "inmediato" en prisión por riesgo de fuga, así como indemnizar a la niña en la cantidad de 100.000 euros.

Mientras que el abogado de la defensa, José María Caballero, ha pedido la absolución "definitiva" de su cliente por considerar el veredicto "contradictorio". Así mantiene su inocencia y ha denegado su ingreso en prisión.

Posteriormente, a la puerta del Palacio de Justicia y preguntado por esa posible contradicción, Caballero ha indicado su intención de estudiarla "con más detalle". "A ver si va a resultar que ahora no es propietario ni de las naranjas", ha ironizado, y "la bolsa que llevaba en el bolsillo seguramente era por si le pillaba fuera de su casa el Entierro de la Sardina".

Por lo visto, "hemos estado en juicios distintos y vamos a recurrirlo", pero, ha explicado, esa posible contradicción, "que tengo que ver todavía con más detalle", puede suponer "hasta la nulidad del veredicto y habría que repetirlo".

Caballero ha manifestado, asimismo, que no ha intercambiado impresiones con su cliente tras el veredicto porque "el hombre estaba respetuoso en el lugar en el que estaba" pero "eso no significa que esté ni mucho menos contento con el resultado ni que lo comparta".

El acusado, sin antecedentes penales, ha estado privado de libertad por estos hechos desde el 30 de enero hasta el 16 de junio de 2010.

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