Nacional

Cinco años de carcel para la etarra "enamorada"

El

Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de
5 años de prisión que le fue impuesta a
Miren Azkarate, quien alegó que accedió a
colaborar con ETA por estar
enamorada del etarra Fernando Bert.

Así lo acuerda la Sala de lo Penal del TS en una sentencia que desestima el recurso interpuesto por Azkarate contra la de la Audiencia Nacional, que también condenó a 9 años de cárcel por colaboración con banda armada a Arkaitz Lavega -pena que también confirma el Supremo- y a 8 años a Iker Beristain, condena que el Alto Tribunal rebaja a 6 años de prisión.

El abogado de Azkarate trató de demostrar  que ésta accedió a colaborar con ETA por estar enamorada de Fernando Bert, pero la Audiencia consideró que "no está acreditado" que la procesada acudiera al sur de Francia para entrevistarse con el etarra "motivada por sus sentimientos".

Según el Supremo, "Nada indica que existiera alguna clase de disminución en su capacidad de conocer la ilicitud de la conducta, consistente en colaborar con una banda terrorista, ni de ajustar su actuación a ese conocimiento".

La Audiencia consideró probado que Beristain tras entrevistarse en octubre del 2001 con un miembro de ETA aceptó facilitar a la banda "nombres de personas potencialmente dispuestas a integrarse en ella".

En dicha reunión, prosigue la sentencia, dieron a Beristain cuatro sobres para que los entregara "a otras tantas personas de San Sebastián", entre las que se encontraba el también condenado Lavega, ex policía municipal de San Sebastián. En una cita posterior le volvieron a entregar más sobres -que contenían "la forma, lugar, día y hora en la que los captados debían ponerse en contacto con miembros de ETA-" y uno de ellos se lo entregó a la acusada Azkarate, "pues ésta le había manifestado su predisposición a realizar tareas para la banda".

El Supremo estima parcialmente el recurso interpuesto por Beristain y rebaja en dos años la pena que le impuso la Audiencia al estimar que "solo realiza dos actividades de colaboración y en ambos casos se limita a entregar unos sobres a dos personas que estaban dispuestas a colaborar, o que ya colaboraban, con la banda". Sobre

Lavega la Audiencia estimó probado que se entrevistó en varias ocasiones con miembros de ETA en Francia con los que se comprometió a realizar
labores de correo e información, "aprovechando su condición de
agente de la Policía Municipal de San Sebastián". 

Lavega fue condenado a 9 años de prisión y al pago de una multa de 3.600 euros y su abogado alegó ante el Supremo que la Audiencia dictó un auto de aclaración por el que, al apreciar la circunstancia agravante de aprovecharse de su condición de agente, aumentó dicha multa a 3.786 euros.

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