Sevilla

El juez del caso Marta admite la declaración del taxista que llevó al hermano del autor confeso

Dos testigos llegan camuflados con gorros y pasamontañas a la Audiencia Provincial de Sevilla, donde se celebra el juicio por la muerte y desaparición de Marta del Castillo.
José Manuel Vidal / EFE

El tribunal encargado de enjuiciar la desaparición y el presunto asesinato de Marta del Castillo ha admitido la declaración como testigos en la vista oral del taxista que, casi tres años después de los hechos, ha asegurado ante la Policía Nacional que la madrugada del 25 de enero de 2009 trasladó al hermano del autor confeso del crimen desde la calle Luis Montoto, zona donde el acusado regentaba un bar, hasta León XIII, donde se ubica el piso donde tuvieron lugar los hechos, y de su mujer, a la que en los días posteriores a la desaparición comentó "anda, mira qué casualidad, yo el sábado llevé a un individuo a esa calle", en referencia a León XIII.

En un auto dictado este mismo viernes los tres magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial que componen el tribunal acuerdan que ambas declaraciones se practiquen este mismo lunes día 21 de noviembre, a partir de las 10,00 horas, mientras que rechaza la petición de la acusación particular para que declarasen el dueño del Kebab al que el taxista dice que acudió tras dejar a Francisco Javier Delgado en León XIII y de Juan Antonio Barranco, amigo del acusado.

El taxista acudió el día 10 de noviembre de manera voluntaria a la Jefatura Superior de Policía y, ante los agentes del Grupo de Menores (Grume), aseguró que, entre las 00.15 y las 00.30 horas del día 25 de enero, trasladó a Francisco Javier Delgado desde la confluencia de la calle Luis Montoto con Juan Antonio Cavestany hasta León XIII, y que durante el trayecto pudo ver que el acusado portaba una bolsa de plástico que contenía "botellas con líquido". Tras ello, el fiscal incoó diligencias de investigación preprocesales y, finalmente, pidió su declaración y la de su mujer, solicitud a la que se adhirió la acusación particular.

En el auto, el tribunal reconoce que la práctica de las pruebas solicitadas "no tiene encaje legal expreso en la Ley de Enjuiciamiento Criminal", no obstante lo cual "se puede admitir su práctica en parte" al entender que "es patente" la "relevancia" de la declaración del taxista, Francisco José A.B., y de su mujer, Elena N.M., pues con ellas "se pretende acreditar la presencia de uno de los acusados en el domicilio de León XIII, en palabras utilizadas por el fiscal, 'en el marco horario fijado por las acusaciones, compatible con la participación atribuida al procesado en los hechos'".

"Situación de excepción"

De igual modo, el tribunal dice que "es incuestionable" que las pruebas testificales solicitadas por el fiscal no pudieron ser propuestas en el escrito de conclusiones provisionales, pues se tuvo conocimiento de su existencia el día 10 de noviembre, ni tampoco al comienzo del juicio, por lo que la situación "es de una enorme excepcionalidad", ya que se tuvo conocimiento de esta prueba "en plena celebración del juicio oral, casi al mes de iniciadas sus sesiones", hasta el punto de que "podemos decir que en los 85 años de experiencia profesional que suman los integrantes del tribunal en la jurisdicción penal, es la primera vez que una situación así se les plantea".

Añade que "todo ello merece el esfuerzo de una respuesta flexible y generosa con la práctica de una prueba que se pretende como relevante, siempre que ello se compatibilice con las garantías del proceso y con la evitación de retrasos, no digamos ya de su frustración, en la celebración de un juicio cuya demora no es del todo achacable a la Administración de Justicia", por todo lo cual cita a ambos testigos este lunes, dando además a las defensas de los acusados un plazo que concluirá a las 10.00 horas del día 28 de noviembre para proponer, en su caso, nueva prueba para combatir la admitida.

loading...