Domingo, 22/11/09. Actualizado hace 128 minutos
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El Juzgado de Primera Instancia número 8 de León ha absuelto a los propietarios de un bar que habían sido demandados por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por difundir música sin autorización. El juez ha considerado que en el establecimiento se ponía "música libre".
La SGAE pedía una indemnización de 998,25 euros a los propietarios del bar Crazy Town de León por usar música sin autorización al menos desde junio de 2004, según la sentencia.
Tras la vista, el juez consideró probada la existencia de aparatos, así como su uso en el local, para la comunicación de obras, si bien estimó que allí "se reproduce música alternativa que no está incluida en el repertorio de obras gestionadas" por Sociedad General de Autores.
El juez argumentó que los propietarios del bar usan este tipo de música, a través de licencias Creative Commons, con la autorización de los autores.
En los fundamentos jurídicos, el juez recuerda que la Ley de Propiedad Intelectual establece que la propiedad de una obra corresponde a su autor y que por el hecho de su creación éste posee unos derechos morales y económicos sobre su creación.
Así, el titular puede hacer la gestión que estime oportuna, pudiendo ceder el libre uso o de forma parcial, según las mismas fuentes.
El juez consideró hechos probados que el demandado accedió a las obras musicales no gestionadas por la SGAE, que tiene medios técnicos para ello y que esa es la música que se reproduce en su bar.
Asimismo, consideró que el "demandado evita la gestión de obras cuyo registro está encomendado a las SGAE".
El juez asegura que el denunciante no ha presentado pruebas que acrediten que en el bar se reproduce música gestionada por ella.
jodete Ramoncín! juas jua jua
18.07.2007 - 15.09 h - Dice ser huasa - #1
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Espero que hayan condenado a costas a estos mamoncines.
18.07.2007 - 15.12 h - Dice ser jbm - #3
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Felicidades, aunque es muy triste que tengamos que demostrar nuestra inocencia y no la $GAE nuestra culpabilidad, hay que decirlo mas ...
18.07.2007 - 15.13 h - Medka - #4
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Por supuesto..¿pero qué se creen estos delincuentes?¿que vamos a tener que pagar hasta por silbar?
O es que se piensan que todos escuchamos la misma mierda de Bisbales y demás...(Ramoncines no digo porque a ese no lo escucha ni su familia...)
18.07.2007 - 15.15 h - Dice ser pepeillo - #5
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PARA QUE APRENDAN
Ahora los tenian que demandar los del bar por los daños a la imagen publica del local, y pedirles un buen pellizco.
18.07.2007 - 15.16 h - Dice ser Yo mismo - #6
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Ahora, tras la absolución, indemnización.
18.07.2007 - 15.17 h - Dice ser Justicity - #7
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¿Y por qué cuando se dan casos de estos, la SGAE no tiene que pagar al dueño del bar por las molestias causadas?
Además de una indemnización por calumnias. No te pueden denunciar llamándote ladrón sin que lo seas e irse de rositas.
Si no se les da una lección seguirán haciendolo hasta que topen con algún juzgado tirititero que les dé la razón.
18.07.2007 - 15.17 h - Farelly - #8
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Felicidades... ahora seria muy bueno conocer la lista del material gestionado por la SGAE para no consumirlo.
18.07.2007 - 15.18 h - Dice ser buena noticia - #9
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Comentarios del 1 al 10