El fiscal pide 5 años de prisión para el fabricante de bio-bac

  • Antonio Rafael Chacón se sentará, junto a otras cuatro personas, en el banquillo de los acusados por delitos contra la salud pública y los consumidores.
  • Para la fiscalía, el producto era un compuesto de proteínas y aminoácidos que incumplía gran parte de las normas de producción y control de un medicamento.
Una dosis de vacuna.
Una dosis de vacuna.
ARCHIVO
Una dosis de vacuna.

La fiscalía pide cinco años y seis meses de prisión y una multa de 40.500 euros para Antonio Rafael Chacón por elaborar y vender al público un producto denominado bio-bac como medicamento sin autorización administrativa, eludiendo los controles sanitarios y generando peligro para las personas que lo consumieron.

El juicio por estos hechos está previsto para el próximo mes de mayo en el Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Chacón se sentará en el banquillo de los acusados por delitos contra la salud pública y los consumidores junto a otras cuatro personas, el médico Fermín Moriano, el farmacéutico Miguel Echenique, el biólogo Enrique Martínez y la secretaria Consuelo Serdio, que se enfrentarán a penas que oscilan entre los cuatro años y medio y los dos años y medio de cárcel.

Según el escrito de acusación del ministerio fiscal, la distribución y venta del producto se realizaba a través de una página web (www.bio-bac.com).

En este sitio web se ofrecía como si fuera un medicamento para el tratamiento de enfermedades del sistema inmunológico (sida, hepatitis y enfermedades virales), para el cáncer y afecciones degenerativas (artrosis, atritis y esclerosis), indicando que no era tóxico, que era natural, sin efectos secundarios y seguro, "al no contener ningún elemento que pueda dañar la salud".

Para la fiscalía, el producto era un compuesto de proteínas y aminoácidos, que incumplía gran parte de las normas de producción, control y caracterización de un medicamento.

El acusado trabajó en la elaboración del producto desde 1994 y lo vendió al público como medicamento desde 1997, eludiendo los controles sanitarios, "generando un evidente peligro para las 2.030 personas que lo consumieron en toda España, aquejadas de graves enfermedades como cáncer, sida, hepatitis y enfermedades degenerativas".

El origen del producto era la denominada "autovacuna para la inmunoterapia específica de las enfermedades producidas por enzimas vivientes inactivantes", que el padre del acusado Fernando Chacón, había creado años antes y que dispensó hasta el año 1990 en la farmacia El Globo de Córdoba, de la que era titular.

A Fernando Chacón, en el año 1986, la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, le ordenó que adecuara la comercialización de la "autovacuna" a la legislación vigente.

Al no hacerlo, el Ministerio de Sanidad dictó una resolución el 3 de diciembre de 1986 por la que se declaraba que la citada autovacuna no podía ser considerada como medicamento ni como fórmula magistral y que no era prescribible ni dispensable, porque "no quedaba acreditada su seguridad, eficacia clínica, calidad y pureza".

Esta resolución fue confirmada por la sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional del 4 de enero de 1990, que a su vez fue confirmada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en sentencia del 11 de mayo de 1992.

Siguió explotando la vacuna

Una vez que el creador de la vacuna se retiró y vista la expectativa creada entre los consumidores del producto, el procesado decidió continuar con la explotación de la misma.

Entre 1990 y 1994, intentó la realización de ensayos clínicos sobre el producto que llamó FR-90, FR-91 y FR-92, pero no consiguió la autorización administrativa del Ministerio de Sanidad.

Ante esta negativa, decidió llevar a cabo estudios en el extranjero, en países como Alemania, Bélgica y Georgia sobre el llamado FR-91 en pacientes con artrosis de rodilla y cadera.

En 1997 no pudo continuar con la tercera fase de los ensayos, que se llevaron a cabo de forma "incompleta e inconsistente", sin alcanzar un resultado positivo sobre la eficacia y seguridad del producto para estas patologías, de acuerdo con la fiscalía.

A pesar de ello, el acusado presentó la solicitud de patente del producto en España el 29 de julio de 1997, obtuvo la publicación de la solicitud el 16 de abril de 2000 y lo describió como fármaco destinado a la prevención y el tratamiento de síndromes de inmudeficiencia, autoinmunidad, enfermedades articulares degenerativas y enfermedades inflamatorias intestinales.

Le dio el nombre de bio-bac para su presentación oral e inmunobiol para el inyectable y asumió su producción en 1993, para lo que constituyó la empresa Chacón Farmacéutica S.A., de la que era presidente y consejero delegado.

Esta empresa cuyo objeto social era la producción y comercialización de bio-bac, tenía su sede social en la calle Carlos Arniches de El Escorial (Madrid), si bien el centro real de las operaciones de distribución y venta del producto se encontraba en el domicilio del acusado, en la finca Los Fresnos, situada en el kilómetro 4 de la carretera de Guadarrama a El Escorial.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento