Un jurado popular declara culpable al acusado matar de 13 puñaladas a una mujer en Pantoja (Toledo)

El fiscal modifica su conclusiones rebajando la pena de 13 a 11 años

Un jurado popular -integrado por nueve miembros- ha declarado por unanimidad culpable de homicidio a J.L.F.L., acusado de acabar con la vida de una mujer en Pantoja (Toledo) en junio de 2008, después de propinarle supuestamente 13 puñaladas. Las deliberaciones de los integrantes del jurado se han extendido poco más de una hora.

Tras la lectura del veredicto ha finalizado la única sesión de esta vista que se ha celebrado este lunes en la Sección Primera de la Audiencia de Toledo, en la que el acusado se ha declarado culpable y ha reconocido que lo hizo con intención de quitarle la vida y siendo consciente de sus actos.

El acusado también ha admitido que no padecía ninguna enfermedad mental cuando ocurrieron los hechos y ha explicado que la víctima fue a la tienda que regentaba en la localidad de Pantoja por una llamada que él mismo la hizo para ofrecerla un puesto de trabajo en un bar del municipio toledano.

Durante su declaración, el acusado ha añadido que se conocían desde hacía un año y que la relación que mantenía con la fallecida era "esporádica" y se basaba en intercambios sexuales a cambio de los cuales le daba dinero, por lo que ha dicho que "no había mayor relación que ésa".

Ella intentó defenderse

En cuanto a la forma en la que ocurrieron los hechos, J.L.F.L. ha reconocido también que la fallecida intentó defenderse agarrando la puntilla de descabello de caballos con la que supuestamente la mató y que, posteriormente, cubrió el cuerpo con bolsas, limpió la sangre de la tienda y, como pudo, lo subió en su vehículo.

De este modo, ha corroborado la versión del fiscal asegurando que trasladó el cadáver en el interior de su maletero hasta el arroyo Guatén, a su paso por el paraje conocido como 'Las Parcelas', donde lo arrojó entre un cañizo.

Confesión a la guardia civil

El acusado también ha sido interrogado sobre su confesión ante la Policía Judicial, afirmando que estuvo "a punto" de ir ese mismo día a confesar a la Policía y que fue, en el momento estaban registrando la tienda que regentaba, cuando se acercó a uno de los guardias civiles allí presentes para confesar todo lo sucedido.

Ante la "contundencia" en la declaración del acusado, el Ministerio Fiscal ha alterado el orden de las pruebas testificales y periciales por lo que solamente han testificado los guardias civiles que investigaron el caso, los peritos que hicieron la autopsia al cuerpo y los que reconocieron al acusado.

De este modo, uno de los guardias civiles del Grupo de Investigadores Delitos contra Personas que participó en el registro de la tienda que regentaba el acusado, ha corroborado la versión de éste al asegurar que el día del registro, J.L.F.L., que en un primer momento dijo no conocer a la víctima, acabó confesándolo todo de forma "esporádica".

Este mismo agente de la benemérita ha confirmado que el acusado colaboró en todo momento en la reconstrucción de los hechos ayudando a la Guardia Civil a recuperar el arma homicida que había arrojado a una zona de arboleda ubicada en las inmediaciones del kilómetro 31,8 de la CM-4004.

Llamadas al móvil

Otro de los guardias civiles ha explicado que la mayoría de las llamadas entrantes y salientes del móvil pertenecían al teléfono fijo de la tienda que regentaba al acusado, por lo que ante esos datos solicitaron el registro de la misma.

El agente ha señalado que pudieron identificar la identidad de la mujer muerta porque contactaron con personas cercanas a la víctima gracias a su teléfono móvil, que continuaba recibiendo llamadas pese a la muerte de su dueña.

En la misma línea, los peritos que hicieron las autopsia al cadáver ha corroborado que la causa de la muerte fue un shock hipovolémico causado por heridas de arma blanca, en concreto tres heridas cercanas al corazón. Además, han dicho que el cadáver tenía signos "evidentes" de que la fallecida intentó defenderse al tener heridas en uno de sus antebrazos.

Por último, los forenses que reconocieron a J.L.F.L. después de su detención, han afirmado que no padecía ninguna enfermedad mental que incapacitase su capacidad para pensar o saber lo que estaba haciendo, pese a que sufría un trastorno adaptativo mixto-depresivo por la situación personal que estaba atravesando en ese momento.

Según los forenses, este hecho podía llevar, por ejemplo, a una falta de concentración en el trabajo o al modo de percibir las cosas, pero "en ningún caso" a "desconectar o romper con la realidad".

Atenuante de confesión

Por todo ello, durante la lectura de las conclusiones, el Ministerio Fiscal ha modificado las mismas introduciendo el atenuante de confesión y rebajando la petición de cárcel de los 13 años iniciales a 11 por un delito de homicidio.

Lo mismo ha hecho el abogado de la defensa quien, ante la "contundencia" de las manifestaciones de su patrocinado y de las pruebas practicadas, se ha adherido a las conclusiones del fiscal cambiando así las suyas en la que pedía la absolución del acusado al sufrir en el momento de los hechos un trastorno delirante que le privaba de su capacidad de pensar o decidir. El jurado popular ha declarado culpable al imputado, que tendrá que esperar la sentencia final del juez.

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