El Tribunal Supremo anula la condena al asesino y violador de dos mujeres policías

  • Fue condenado a 83 años por la Audiencia de Barcelona.
  • El Supremo considera que debe ser juzgado por un jurado popular.
  • Esta decisión deja sin efecto la prisión provisional de Pedro Jiménez.
  • Aunque éste continuará en la cárcel por otra condena anterior.
  • DOCUMENTACIÓN: Auto que anula la prisión provisional (pdf).
Pedro Jiménez, conducido por los Mossos a la comisaría de L'Hospitalet.
Pedro Jiménez, conducido por los Mossos a la comisaría de L'Hospitalet.
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Pedro Jiménez, conducido por los Mossos a la comisaría de L'Hospitalet.

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia contra Pedro Jiménez, condenado a 83 años por la Audiencia de Barcelona por el asesinato y violación de dos mujeres policías en prácticas en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) en octubre de 2004, por considerar que debe ser un jurado popular quien se encargue de juzgar el caso.

La Ley del Jurado establece que los tribunales populares no deben juzgar a los presuntes autores de violaciones, motivo por el que fue la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona la que juzgó a Jiménez. No obstante, de la decisión del Supremo, que todavía no ha hecho pública la sentencia, se desprende que en este caso predominan los asesinatos, delitos que sí deben ser juzgados por jurados populares.

La decisión del Supremo deja sin efecto la prisión provisional de Pedro Jiménez, aunque éste continuará en la cárcel por otra condenas anteriores. De hecho, Jiménez cometió presuntamente este doble crimen aprovechando un permiso penitenciario. Era interno de la cárcel de Can Brians tras ser condenado en ocho ocasiones por delitos sexuales y de robo.

La Audiencia de Barcelona condenó en septiembre de 2008 a Pedro Jiménez a 83 años de prisión por dos delitos de asesinato, agresión sexual, violación de domicilio, robo con violencia, incendio y profanación de cadáver.

"El piso de las chicas era una sala de torturas"

Los Mosos d'Esquadra que se hicieron cargo de la investigación del caso definieron el piso de Aurora R.G. y Silvia N.G., ambas de León, como "una sala de torturas".

La Audiencia de Barcelona declaró probado que la madrugada del 5 de octubre de 2004, aprovechando un permiso penitenciario, Jiménez cogió el metro y bajó en la estación de Bellvitge, barrio donde dos horas después vio a una de las chicas, de 28 años, volviendo a casa después de trabajar toda la noche en la comisaría de Castelldefels de la Policía Nacional.

Jiménez entró detrás de ella en su edificio y la amenazó con una navaja para poder entrar en su piso, donde estaba la otra víctima, de 23 años. Después hizo que se ataran mutuamente, reforzó las ligaduras y las encerró en habitaciones separadas. Más tarde, violó a una de ellas antes de asestarle cuatro navajazos, mató a la otra chica y profanó su cadáver. Antes de marcharse, se cambió de ropa y prendió fuego al piso para borrar las pruebas que pudiera haber dejado.

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