En una nota, la Junta ha explicado que la medida, que da vía libre también a la extracción de otras especies como las almejas chocha y fina, el berberecho, el busano, la cañaílla, la clica, el longueirón y la navaja-muergo, se produce después de que el go 23 de octubre la Delegación Territorial tuviera que prohibir la actividad en cinco puntos del litoral onubense -además de Isla Canela, río Guadiana, Marismas del Piedras, Punta Umbría y Matalascañas-.
Según ha recordado Agricultura, la razón de este cierre fue la imposibilidad de recoger la cantidad necesaria de marisco de tamaño reglamentario para proceder a su análisis debido a la escasez de recursos, situación ante la que el paquete sanitario de la Comisión Europea obliga a decretar el cierre del caladero.
Junto a ello, en estos momentos también está permitido faenar, en lo que a la coquina y la chirla se refiere, en las aguas de Mazagón y el espacio marítimo de Doñana, así como, ya en el caso de otras especies, en las Marismas del Guadiana-Carreras y en el río Carreras -almejas fina y japonesa, berberecho, longueirón, navaja-muergo, ostión y pirulo-.
Por el contrario, los mariscadores profesionales con licencia no cuentan con la posibilidad de desarrollar su actividad tampoco en la Barra del Terrón -almeja chocha, busano, cañaílla, chirla, coquina, longueirón y navaja-muergo- y la Desembocadura del Piedras -busano, cañaílla, coquina, longueirón y navaja-muergo-, pero no por la imposibilidad de tomar muestras, sino por la presencia de la biotoxina DSP.
PROGRAMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO
La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural recuerda, en este sentido, que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz.
El objetivo es la protección de la salud pública y garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros. En la misma línea, desde este departamento de la Junta de Andalucía se incide en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter "grave", calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a "muy grave".
Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización -sanciones graves- y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas -sanción muy grave-.
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