
Ramón Sampedro, tetrapléjico debido a un accidente, luchó durante años en los tribunales para poder poner voluntariamente fin a su vida. No lo consiguió. Tuvo que ser su amiga, Ramona Maneiro, quien le ayudara a cumplir su voluntad el 12 de enero de 1998. Diez años antes, en 1988, la mayoría de los españoles (53%) manifestaba en un sondeo que un enfermo incurable debía tener derecho a poder poner fin a su vida sin dolor.
En el año 2005, el doctor Montes –coordinador de Urgencias del Hospital Severo Ochoa– fue investigado por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (de la que en ese momento estaba a cargo de Manuel Lamela, del Partido Popular) debido a dos denuncias anónimas en las que se le acusaba de sedaciones en dosis elevadas a enfermos terminales.

Una encuesta de Metroscopia de enero de 2008 –coincidiendo con el cierre del caso del doctor Montes en los tribunales con la ratificación del sobreseimiento ya decretado en 2007– reveló el amplio apoyo ciudadano a la muerte digna: el 70% estaba de acuerdo con que un enfermo incurable tuviera derecho a ayuda médica para poner fin a su vida sin dolor. Un porcentaje 17 puntos superior al de 20 años antes. Solo seis meses después de esta primera encuesta, en otra (asimismo, de Metroscopia), el porcentaje de apoyo se incrementaba 10 puntos, llegando al 80% (julio de 2008).
El 2 de marzo de 2017, la Comunidad de Madrid aprobó por unanimidad la Proposición de Ley de derechos y garantías de las personas en el proceso final de la vida. Madrid pasaba, así, a contar con una ley autonómica sobre la muerte digna, uniéndose a comunidades autónomas como Galicia, Asturias, Euskadi, Navarra, Aragón, Andalucía y Baleares. Pocos días antes, en febrero de ese año, una encuesta de Metroscopia detectó el mayor porcentaje de aprobación de los españoles al derecho a una muerte digna registrado hasta ese momento: el 84%.
La semana pasada, Ángel Hernández ayudó a morir a su esposa, María José Carrasco, enferma de esclerosis múltiple y en fase terminal, por expreso deseo de esta. Ángel fue arrestado por la Policía, quedando posteriormente en libertad, sin medidas cautelares, tras prestar declaración y admitir los hechos.
El Código Penal regula en su artículo 143 la inducción al suicidio o la cooperación con el suicidio de otras personas, con un rango de penas que oscila entre los dos años y los diez años de prisión, aunque se prevé una rebaja si hay petición expresa de la víctima y esta padeciera una enfermedad grave.
El sondeo llevado a cabo por Metroscopia a comienzos de esta semana indica que el 87% de los españoles, el porcentaje más alto de toda la serie histórica iniciada en 1988, dice que un enfermo incurable tiene derecho a asistencia para poner fin a su vida sin dolor.
Esta opinión es compartida por el 97% de los potenciales votantes de Unidas Podemos, el 93% del PSOE, el 91% de Ciudadanos, el 73% de Vox y el 65% del PP. Y, significativamente, incluso por el 59% de quienes se definen como católicos practicantes.
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