El interés televisivo del juicio en el Tribunal Supremo no decae. Si bien la primera semana arrancó de manera letárgica, el desarrollo del juicio está siendo un espectáculo televisivo que nada tiene que envidiar a las series americanas sobre la profesión togada. Dos aspectos destacables: la petición de careo y la prueba documental e inspección ocular.
Un careo suena a confrontación y a pelea, pero la LECr [Ley de Enjuiciamiento Criminal] lo prevé como un intento de consensuar versiones. El letrado de Forn, exconsejero de Interior, lo solicitó entre Pérez de los Cobos y Ferran López, al haberse presentado versiones contradictorias por parte de ambos.
Se podría pensar que el segundo habría exculpado a Forn o a los otros encausados y de ahí la petición de careo, pero no es así. La contradicción se refiere a la buena cooperación –o falta de ella– entre la Policía Nacional y Guardia Civil con los Mossos. En realidad es difícil que un careo fallido (es decir, sin establecer una versión única de los hechos), desplace el valor de la prueba documental.
Respecto a la prueba documental e inspección ocular, el abogado de Jordi Sànchez, Jordi Pina, ha sido el protagonista de dos admoniciones por parte de Marchena, precisamente relacionados con el uso de la prueba documental. En ambas ocasiones el letrado se refirió a la supuesta contracción entre lo declarado por los testigos y otros medios de prueba que el abogado tenía delante de sí (un informe médico y vídeo).
La intervención de Marchena fue muy oportuna. La LECr prevé la práctica de prueba documental y cualquier otro medio de prueba después de concluida la testifical.
Si la documental contradice lo declarado por los testigos, es algo que podrán denotar los abogados en su momento. No solo eso, como pusieron de manifiesto las respuestas de los interrogados, el señor Pina estaba haciendo una selección arbitraria de las pruebas a las que se refería.
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