La Audiencia de Valencia condena a dos años de prisión a un hombre por agredir y robar a otro

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión y a 300 euros de multa --a razón de 10 euros diarios durante un mes-- a un joven de 29 años acusado de un delito de robo con violencia y una falta de lesiones a otro hombre. Además, tendrá que abonar 210 euros al heredero de la víctima, fallecida por otras causas.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión y a 300 euros de multa —a razón de 10 euros diarios durante un mes— a un joven de 29 años acusado de un delito de robo con violencia y una falta de lesiones a otro hombre. Además, tendrá que abonar 210 euros al heredero de la víctima, fallecida por otras causas.

Para el fallo, la Audiencia ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de drogadicción, pero no el agravante de actuar por motivos de discriminación por razón de sexo, tal y como pedía el fiscal, quien solicitaba para el acusado una pena de cuatro años de cárcel.

Por su parte, la defensa, en sus conclusiones definitivas, solicitó la libre absolución de su defendido por considerar que no había incurrido en ningún delito.

Los hechos sucedieron el 3 de abril de 2009, cuando el acusado, acompañado de otra persona que no es objeto de enjuiciamiento, comenzó a propinar a otro hombre golpes en la cara y el cuerpo, llegando a arrancarle un piercing que llevaba en el labio, que provocaron que la víctima sufriera una contusión en mandíbula, dolor en un hombro y cervicalgia que tardaron siete días en sanar, según ha quedado probado en el juicio.

Según consta en la sentencia, el procesado robó a la víctima un bolso, en cuyo interior llevaba una cartera con su DNI, un teléfono móvil, 190 euros en metálico y una tarjeta bancaria. Además, en el curso de estos hechos, uno de los partícipes en la agresión profirió insultos homófobos, sin que haya quedado claro quién fue.

Para considerar probados estos hechos, la Audiencia ha tenido en cuenta la declaración de la víctima, cuya lectura fue reproducida en el juicio, ya que ha fallecido, y se practicó en su momento "con todas las garantías".

La Audiencia Provincial ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante analógica de drogadicción, a la vista de un informe médico aportado durante la vista, que asegura que el procesado padecía un problema de adicción a opiáceos.

No obstante, no aprecia ningún agravante por razón de haber obrado por motivos homófobos, ya que el acusado, al igual que la víctima, era homosexual, y no resulta claro quién profirió insultos discriminatorios.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento