Vigilados en el trabajo

Control empresarial: Derechos como la intimidad o el secreto de las comunicaciones pueden ser vulnerados en el trabajo, donde un empleado puede ser incluso cacheado.
.
.
Luis Frutos
.
En España no están regulados los medios de control permitidos o prohibidos en el ámbito laboral ni la manera de usarlos. Pero sí que está reconocida la potestad del empresario para velar por el cumplimiento de los objetivos empresariales, la calidad del trabajo o para evitar actuaciones desleales.Eso significa que el empleado podrá ser investigado, espiado, cacheado y, después, amonestado y hasta despedido sin indemnización, cuando se pruebe su indisciplina, desobediencia o el incumplimiento de sus obligaciones. Hacer llamadas personales o enviar correos electrónicos particulares puede dar lugar a este desenlace.

Aunque los controles preventivos están permitidos, antes de instalarlos, los trabajadores deben ser avisados.

Dónde miran los jefes

Correo postal: Se puede recibir correo y paquetes privados de todo tipo, que el empresario no podrá abrir sin autorización judicial, salvo que haya signos externos evidentes de su relación con el trabajo. No obstante, «algunas empresas no lo permiten, igual que no dejan usar el móvil», señala José María Carpena, de Sagardoy Abogados.

Correo electrónico e Internet: Su uso privado  puede ser autorizado, limitado o prohibido y los remitentes y el asunto de los mensajes puede ser comprobado para saber si son correos personales o no. Las comunicaciones a través de Internet sólo pueden interceptarse con autorización judicial, salvo en las intranets (redes internas de la empresa).

Teléfono: Si no hay prohibición expresa de su uso particular, se entiende que se tolera. «En las empresas de telemarketing, el control puede estar justificado», indica Carpena. Los tarificadores, sistemas de acceso por clave, o el hacer público el gasto de cada terminal no es ilegal.

Cámaras y micrófonos: Los micrófonos deben estar más justificados incluso que las cámaras. Éstas deben estar a la vista y sólo pueden filmar lugares de trabajo (se excluyen comedores, vestuarios, zonas de descanso, etc.)

Detectives: Pueden realizar comprobaciones de bajas médicas o ante la sospecha de que un empleado trabaje también para la competencia.

Cacheos y registro de taquillas: Según el Estatuto de los Trabajadores, la mesa de trabajo, bolsos, sobres cerrados, etc., sólo pueden ser registrados para proteger el patrimonio de la empresa y  empleados. Debe estar presente algún trabajador, o representante de éstos. En los cacheos se puede pedir a la persona que se desvista.

Castigados por espiar

Los empresarios pueden incurrir en un control ilegítimo. De ser así, las pruebas obtenidas no se considerarán válidas. No sólo eso, también pueden ser sancionados (de 90 a 3.000 euros). Además, al empresario se le puede pedir una responsabilidad penal (de uno a cuatro años de cárcel y multa de hasta dos años) y civil por daños morales o materiales (por ejemplo, la depresión sufrida por un trabajador al saber que era observado en zonas de descanso de la empresa).

«Premiar es más eficaz»

«Las actitudes negativas o pasivas del personal no suelen remediarse poniendo controles sin más». Mario Cerón, gerente de la consultora PeopleMatters, afirma que un «liderazgo fuerte» limita e incluso elimina la necesidad de controlar. Eso empieza por fijar y evaluar objetivos claros y rigurosos, y «tener una comunicación eficaz, un sistema de retribución que estimule el logro y no tolerando la falta de seriedad profesional».

Mostrar comentarios

Códigos Descuento