El TSJCyL amenaza por vía penal al alcalde de Valladolid si no cumple la sentencia sobre el edificio de Zorrilla

El tribunal anula el acuerdo de la Junta de Gobierno que aprobó un proyecto por importe de 500.000 euros
Javier León de la Riva
Javier León de la Riva
EP
Javier León de la Riva

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha amenazado al alcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva, con emprender contra él acciones legales por vía penal si no restituye la legalidad en el edificio de la Plaza de Zorrilla, inmueble donde posee una vivienda y sobre el que, por sentencia firme de fecha 16 de septiembre de 2008, el tribunal impuso, entre otras obras, la demolición de dos áticos por exceso de volumetría.

La advertencia hecha al primer edil por parte de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, se produce en virtud de un auto en el que declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de septiembre de 2010, por el que se aprobó el denominado proyecto de 'restauración de la legalidad del edificio de viviendas, oficinas y locales' del citado edificio, sede de Caja Duero, presupuestado en casi 500.000 euros y prácticamente ya ejecutado.

Y es que el Alto Tribunal castellanoleonés, en su resolución a la que tuvo acceso Europa Press, estima las alegaciones de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valladolid, en el sentido de que, entre otras razones, las obras ejecutadas no restituyen las fachadas y la cubierta del edificio al estado originario porque los trasteros tienen una altura notablemente superior a la que tenían antes de la rehabilitación objeto de esta litis y porque no se reponen, como se encontraban, los huecos existentes en la fechada de la planta séptima antes de la realización de las obras amparadas por la licencia anulada en este recurso".

Ante el incumplimiento de lo exigido a los efectos de restituir la legalidad en el edificio, el TJSCyL ha requerido de nuevo al alcalde para que, "bajo su directa y personal responsabilidad y con los apercibimientos a que se refiere el artículo 112 de la Ley Reguladora de esta jurisdicción (posible responsabilidad penal e imposición de multas coercitivas reiterables hasta la total conclusión de las obras), proceda a ejecutar la sentencia en sus justos términos, debiendo poner en conocimiento de esta Sala el comienzo de las obras en el plazo máximo de un mes".

Cabe recordar que el primer edil vallisoletano tiene una vivienda en la séptima planta del edificio. Además, el tribunal condena al Ayuntamiento de Valladolid al pago de las costas causadas a la parte promovente de este incidente, en este caso la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos.

La primera de las sentencias contrarias al proyecto se remonta a 2008, cuando el TSJCyL declaró ilegales las obras autorizadas por el Ayuntamiento para la rehabilitación del inmueble hace más de diez años ya que "se incrementó la edificabilidad del edificio, con la planta octava del edificio y no se respetó el uso básico de vivienda recogido en el artículo 82 del PGOU".

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