Asaja Murcia afirma que "no admitirá pérdidas en la cobertura de daños por fauna silvestre"

El notable incremento de los daños en los cultivos ocasionados por las especies cinegéticas, especialmente por los conejos, ha originado situaciones insostenibles que suponen un gran "perjuicio" económico para las explotaciones agrícolas, unas pérdidas que "Asaja Murcia "no admitirá", según han informado fuentes de la organización agraria en un comunicado.

El notable incremento de los daños en los cultivos ocasionados por las especies cinegéticas, especialmente por los conejos, ha originado situaciones insostenibles que suponen un gran "perjuicio" económico para las explotaciones agrícolas, unas pérdidas que "Asaja Murcia "no admitirá", según han informado fuentes de la organización agraria en un comunicado.

De hecho, en la campaña 2009/2010 el número de parcelas afectadas por tales daños en España ascendió a 30.000, y esto podría ser tan sólo "la antesala de lo que nos podemos encontrar en la campaña 2010/2011", han apuntado.

En opinión de Asaja, "la relevancia de esta cuestión ha provocado que en el Plan Anual de Seguros Agrarios de 2009 se incorporase la cobertura de daños por fauna silvestre en producciones agrícolas, con una franquicia a cargo del asegurado del 20 por ciento".

De este modo, han explicado que los problemas se generaron a raíz de la reclamación a los titulares de los cotos, por parte de Agroseguro, de las indemnizaciones abonadas a los agricultores. "Con el objetivo de llegar a un acuerdo se creó un grupo de trabajo integrado por todas las partes implicadas en el que el MARM ha formulado una propuesta de acuerdo para la cobertura de los daños por fauna silvestre que Asaja considera inaceptable".

Entre otros aspectos, opinan que "no es admisible que se proponga la renuncia del asegurado a reclamar al titular del coto cualquier tipo de compensación, cuando existe una franquicia del 20 por ciento", al tiempo que añaden que "tampoco es adecuado permitir la intervención de terceros, como son los representantes de los titulares de los cotos, en las peritaciones de Agroseguro, por tratarse de actos derivados de un contrato privado entre asegurado y asegurador".

Por ello, han recordado que, con independencia de la existencia o no de la cobertura del seguro, la normativa nacional y autonómica en materia de caza atribuye la responsabilidad civil objetiva por los daños causados en los cultivos por las especies cinegéticas a los titulares de los aprovechamientos cinegéticos, por lo que cualquier acuerdo en la materia no puede omitir el derecho de resarcimiento que, en todo caso, tienen los agricultores afectados.

Así, han exigido a las Administraciones competentes "que adopten cuantas medidas hagan falta para un adecuado control de las especies cinegéticas, en aras de prevenir los daños a los cultivos, ampliando períodos de caza o métodos cuando sea necesario".

Por último, han indicado "entendemos que el sistema de seguros agrarios debe mantenerse al margen de esta polémica, debiendo permanecer con la misma cobertura y las mismas condiciones el riesgo de daños en cultivos causados por la fauna silvestre. La solución pasa por que los cotos suscriban un seguro de responsabilidad civil privado, de los existentes en el mercado, cuyo coste sea objeto de compensación o ayuda por parte de las Comunidades Autónomas".

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