El Tribunal Supremo comienza a tramitar la demanda de la Abogacía contra Sortu

La decisión deja en suspenso los trámites sobre la inscripción del partido en el Registro de Interior

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda presentada este mismo jueves por la Abogacía General del Estado contra Sortu. La decisión supone dejar en suspenso la tramitación sobre la inscripción de esta formación en el Registro, un trámite para el que el Ministerio del Interior tenía un plazo de 20 días según la Ley de Partidos Políticos (LPP).

La Sala, integrada por un total de 16 magistrados del alto tribunal, quedó constituida este mismo jueves y tras una reunión de unas dos horas ha acordado dar traslado de la admisión de este asunto tanto a la Fiscalía como a los promotores del nuevo partido para que puedan personarse en este procedimiento y realizar las alegaciones que consideren oportunas. Los representantes de Sortu tendrán que nombrar abogado y procurador a tal efecto.

También se ha comunicado la admisión al Ministerio del Interior a los efectos previstos en los artículos 4.2 y 5.6 de la LPP lo que supone que continúa la suspensión de la inscripción de Sortu, según fuentes del alto tribunal.

Se lo comunica a batasuna

La Sala ha dado traslado de esta decisión tanto a la Fiscalía como a Batasuna, si bien únicamente a los efectos de considerar a la formación ilegalizada como parte del procedimiento en el que la Abogacía ha presentado incidente de ejecución, han explicado las mismas fuentes. El ponente del procedicimiento será el magistrado Carlos Lesmes.

La demanda se ha interpuesto empleando la vía del incidente de ejecución de sentencia, lo que también tiene previsto iniciar la Fiscalía para tratar de impedir que Sortu pueda registrarse en el Ministerio del Interior y concurrir a las próximas elecciones municipales y forales.

Entiende la Abogacía que esta formación está siendo utilizada "tácticamente" por el complejo ETA-Batasuna para acudir a las próximas elecciones municipales y forales.

Otra de las decisiones adoptadas hoy por la Sala del 61 mediante providencia es la comunicación a todas las partes de la composición de la Sala del 61 que entenderá de este asunto.

Esta Sala, competente para dirimir la cuestión según establece la Ley de Partidos Políticos, está integrada por el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, los presidentes de la Sala de lo Civil (Juan Antonio Xiol Ríos), de lo Penal (Juan Saavedra Ruiz), Contencioso-Administrativo (José Manuel Sieira Míguez), Social (Gonzalo Moliner Tamborero) y Militar (Ángel Calderón Cerezo).

Como magistrados más antiguos están Jesús Corbal (Sala de lo Civil), Carlos Granados Pérez(Penal), Ricardo Enríquez Sancho (Contencioso), Aurelio Desdentado Bonete (Social) y José Luis Calvo Cabello (Militar), han informado este jueves fuentes del alto tribunal.

Los más modernos, todos nuevos a la hora de deliberar sobre la aplicación de la Ley de Partidos Políticos, son Rafael Gimeno-Bayón Cobos (Civil), Alberto Jorge Barreiro (Penal), Carlos Lesmes Serrano (Contencioso) Manuel Ramón Alarcón Caracuel (Social) y Francisco Javier de Mendoza Fernández (Militar).

Tras entregar la demanda en el Registro del Tribunal Supremo, el Abogado General del Estado, Joaquín De Fuentes Bardají, ha explicado que el escrito se ha interpuesto en nombre del Ministerio del Interior para pedir al Tribunal Supremo que prohíba la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos.

Preguntado a las puertas del tribunal si consideraba que ETA tiene parte en este proyecto de partido político, De Fuentes Bardají ha contestado con un tajante "sí" para añadir que "ETA-Batasuna utiliza tácticamente Sortu como medio de acudir a las elecciones y estar en las instituciones forales y locales a partir de mayo. TRAMITE,

En torno a un mes

Ha añadido que el trámite de resolución de este asunto durará en torno a un mes. De Fuentes Bardají ha añadido que la Fiscalía presentará su demanda contra Sortu la próxima semana, por lo que "antes del proceso electoral de mayo el asunto estará resuelto", ha dicho. Ha insistido en que la principal razón para pedir la prohibición del registro de Sortu es que este partido es "sucesión y continuación de Batasuna".

La demanda se fundamenta en los informes realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre Sortu, que concluyen que la nueva formación es una continuación del partido político que fue ilegalizado por el Tribunal Supremo en marzo 2003, por lo que su actividad supone un incumplimiento de la sentencia de ilegalización.

Los informes policiales concluyen, tras analizar los estatutos de Sortu y diversos documentos incautados, así como las circunstancias que rodean a los promotores del nuevo partido, que la nueva formación es un instrumento creado por Batasuna al servicio de ETA/EKIN como estrategia para poder presentarse a los comicios.

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