Condenado a dos años un ingeniero de caminos por destruir el cauce de un arroyo en Montellano

Lo obliga a indemnizar con 158.306 euros a la Junta para restaurar el ecosistema dañado

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 28.800 euros a un ingeniero de caminos, canales y puertos por destruir 400 metros del cauce del arroyo 'Las Cañas' y construir un puente para vehículos en su finca de la localidad sevillana de Montellano, obligándole además a indemnizar con 158.306 euros a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía para restaurar el ecosistema dañado.

La sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que el acusado, identificado como C.F.R. y que llegó a desempeñar servicios en la Junta, presentó el 3 de abril de 2000 ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir un proyecto de obras en una finca de la localidad, solicitud realizada en nombre de la sociedad agraria 'Las Cañas' en la que "expresamente se reflejaba que 'por el carácter de urgencia las obras ya habían sido realizadas'".

Pues bien, el fallo añade que, al afectar la solicitud al cauce de un arroyo de dominio público que transcurre parcialmente por la finca, la concesión fue denegada y, paralelamente, la CHG incoó el 27 de marzo de 2001 expediente sancionador contra la sociedad 'Las Cañas', de la que es socio el procesado. Posteriormente, "y sin disponer de licencia de obras ni los preceptivos informes ambientales", el imputado llevó a cabo a partir de septiembre de 2004 trabajos de construcción "invasivas" sobre el cauce.

Estos trabajos consistieron en la ejecución en el margen derecho del embalse ya existente de un aliviadero de hormigón para conducir las aguas; la construcción sobre el cauce del arroyo de otro aliviadero o paso de agua con un puente para el paso de vehículos, y en movimientos de tierra para igualar el cauce del arroyo, hechos que motivaron que el Ayuntamiento de Montellano tramitara hasta cuatro expedientes de disciplina urbanística.

Perjuicio "real,

Concreto y relevante" en el ecosistema del cauce

"Desatendiendo los varios requerimientos expresos" hechos por el Ayuntamiento para que suspendiera las obras y los apercibimientos de ilegalidad de las obras iniciadas realizados por el Seprona y la Policía Local, el procesado continuó acometiéndolas, de manera que en enero de 2005 se constató que habían desaparecido unos 400 metros del cauce del arroyo, con simultánea destrucción de la vegetación y de cualquier elemento natural que en él hubiera, "llegando a laborar la tierra apropiada". Con ese mismo fin, limpió, desbrozó y quemó parte de la zona de protección del referido cauce, que desapareció "totalmente" en la longitud expresada.

La sentencia añade que la finca está calificada de no urbanizable, mientras que el arroyo ha sido propuesto como Lugar de Importancia Comunitaria y es parte del hábitat de una especie declarada en peligro de extinción. "El tribunal no tiene duda de ese grave riesgo contra el equilibrio natural, porque se produjo un perjuicio real, concreto y relevante en el ecosistema natural del cauce", apunta.

De igual modo, y respecto a la insolvencia del acusado dictada por el juez instructor, la Audiencia Provincial lo rechaza argumentando que "por su titulación y sus actividades profesionales es razonablemente presumible que dispone de un patrimonio y unos ingresos suficientes a tal efecto", pues "a mayor efecto es copropietario junto con sus hermanos de la finca sobre la que sociedad desplegaba su actividad".

Por todo ello, condena al acusado a una pena de dos años de prisión, el pago de una multa de 28.800 euros y a la inhabilitación especial para la profesión de agricultor por tiempo de un año por un delito contra la ordenación del territorio en concurso con otro delito contra el medio ambiente.

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