Un informe jurídico del Parlamento dice que diputados no pueden obligar a un familiar a presentar declaración de bienes

Este pronunciamiento es fruto de la polémica sobre las ayudas de la Junta que recibió la academia de la mujer de Rafael Velasco, quien dimitió

Los Servicios Jurídicos del Parlamento han elaborado un informe en el que se señala que "ningún parlamentario puede obligar a otra persona" ya sea su cónyuge o un familiar directo a presentar una "declaración de actividades o bienes sin que se encuentre jurídicamente constreñido a ello". Este pronunciamiento es fruto de la polémica que se originó en su día a raíz de las ayudas de la Junta que recibió la academia de la mujer del ex parlamentario autonómico y ex vicesecretario general del PSOE-A, Rafael Velasco, que acabó dimitiendo de sus cargos.

La Mesa de la Cámara encomendó a la Comisión del Estatuto del Diputado la elaboración de un informe sobre los supuestos en los que los diputados deban proceder a declarar las relaciones económicas de sus cónyuges y familiares directos con las distintas administraciones.

En el citado informe, al que ha tenido acceso Europa Press, además de indicarse que ningún parlamentario puede obligar a otra persona, aunque sea un familiar, a presentar una declaración de actividades o bienes sin que se encuentre jurídicamente constreñido a ello, se pone de manifiesto que "las incompatibilidades se refieren al parlamentario personalmente, a virtud de su condición o actividad, en consecuencia hacerlas depender de la de terceros podría romper las reglas de la sistemática jurídica". Se apunta que sólo, en forma excepcional, podría hacerse.

Así, se pone de manifiesto que por norma específica, dirigida, por ejemplo, a asegurar la transparencia económica de los parlamentarios, "cabría posibilitar la presentación de declaraciones de terceros que gocen libertad de gestión de su persona y bienes, siempre que se haga en forma voluntaria".

"Solamente en circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, cabría imponer a terceros la presentación de dichas declaraciones de forma obligatoria", según recoge el informe jurídico refiriéndose a lo que podría contemplarse en una hipotética ley encaminada a asegurar la transparencia económica de los parlamentarios.

De igual manera, se plantea que por ejemplo, la Ley Electoral podría ser objeto de una modificación que incluyese un nuevo motivo de incompatibilidad relativo a prohibir al diputado "participar, por sí o junto con su cónyuge, sea cual sea el régimen económico matrimonial, o persona que conviva en análoga relación de afectividad, sancionada jurídicamente, e hijos dependientes y personas tuteladas, en actividades empresariales o profesionales de toda índole que mantengan conciertos, concesiones o contratos con organismos o empresas del sector público estatal, autonómico o local".

De esta manera, se estaría "introduciendo un nuevo motivo de incompatibilidad", según los Servicios Jurídicos, que entienden que será el Parlamento de Andalucía, en su momento, "el que habrá de determinar la oportunidad y necesidad política, jurídica también, de añadir tal motivo, incluso de ampliarlo si se considerase necesario".

Señalan que si se decidiese introducir dichos supuestos, el Reglamento del Parlamento debería ser modificado para adaptarlo a la nueva situación.

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