El Gobierno aprueba un decreto para regular el buceo profesional y deportivo en La Rioja

El Gobierno de La Rioja ha aprobado el Decreto que regula las actividades subacuáticas y los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional y deportivo en La Rioja. Un aspecto que, hasta ahora, no estaba regulado en la Comunidad Autónoma.

El Gobierno de La Rioja ha aprobado el Decreto que regula las actividades subacuáticas y los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional y deportivo en La Rioja. Un aspecto que, hasta ahora, no estaba regulado en la Comunidad Autónoma.

Según ha informado el portavoz del Gobierno de La Rioja, Pedro Sanz, esta normativa, que no será de aplicación al buceo militar, permitirá que estas actividades puedan realizarse con seguridad y garantías.

El Decreto determina que para el ejercicio del buceo, profesional y deportivo, en aguas continentales de La Rioja será necesario obtener el reconocimiento de la categoría correspondiente y estar en posesión de la tarjeta de buceador, así como del Libro de Actividades Subacuáticas. Ambos documentos serán expedidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

La tarjeta de buceador, que identificará y acreditará su titulación y categoría, autoriza para el ejercicio de actividades subacuáticas profesionales y deportivas. Por su parte, el Libro de Actividades Subacuáticas recopilará la historia profesional de su titular y la descripción del trabajo realizado.

Los títulos expedidos por otras Administraciones públicas, estatales o autonómicas, tendrán la misma validez que los extendidos en La Rioja.

Este Decreto regula, además, otras cuestiones como los reconocimientos médicos o los seguros necesarios para estas prácticas y establece las diferentes categorías de buceo tanto deportivo como profesional, los niveles de competencias o los requisitos para obtenerlos.

Asimismo, el nuevo Decreto determina los lugares permitidos para la práctica del buceo deportivo en La Rioja y señala, que dadas las especiales características de las aguas interiores de la Comunidad Autónoma, será necesario disponer del equipo y conocimientos técnicos adecuados. Se trata de ríos (en zonas alejadas de obras hidráulicas, fábricas, rápidos peligrosos, fuertes corrientes o aguas contaminadas), embalses y lagos (en zonas acotadas por la Confederación Hidrográfica correspondiente), pozos, balsas, estanques y piscinas.

Finalmente, regula la creación de una comisión asesora de buceo deportivo, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, que será un órgano colegiado con funciones consultivas y de asesoramiento en la materia.

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