Aprobado el proyecto de Ley que reubicará los barrios afectados por la ampliación de Aeropuerto de Gran Canaria

El Consejo de Gobierno del Ejecutivo de Canarias ha aprobado este jueves el proyecto de Ley sobre la Declaración de Interés General de la Reubicación de los Barrios de Ojos de Garza, La Montañeta y El Caserío de Gando del municipio de Telde (Gran Canaria), afectados por la ampliación del aeropuerto de la isla.

El Consejo de Gobierno del Ejecutivo de Canarias ha aprobado este jueves el proyecto de Ley sobre la Declaración de Interés General de la Reubicación de los Barrios de Ojos de Garza, La Montañeta y El Caserío de Gando del municipio de Telde (Gran Canaria), afectados por la ampliación del aeropuerto de la isla.

Así, durante la reunión se aprobó el documento como proyecto de Ley y se envió al Parlamento de Canarias, una vez que ha sido dictaminado por el Consejo Consultivo. El Gobierno canario remitió al Parlamento la normativa para su tramitación con carácter urgente, conforme al procedimiento de lectura única previsto en el Reglamento del Parlamento de Canarias.

El documento normativo declara de interés general la reposición de los barrios de Ojos de Garza, la Montañeta y el Caserío de Gando, afectados por la aprobación del Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria y la delimitación de su zona de servicio, así como por su ampliación contemplada en el Proyecto Básico de la futura pista, mediante la urbanización, edificación y demás actuaciones necesarias, en el lugar conocido por 'Montaña Las Tabaibas', dentro del término municipal de Telde.

Por su parte, en virtud del proyecto de Ley, determinados terrenos, que en el planeamiento vigente del municipio de Telde se encuentran clasificados como suelo rústico de protección agraria, ostentarán, desde la aprobación de la Ley y por determinación directa de la misma, la clasificación de suelo urbanizable sectorizado no ordenado.

Igualmente, en virtud de este proyecto de Ley, el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria y el Plan General de Ordenación de Telde quedan modificados, debiendo procederse, a tal efecto, a la adaptación de los documentos de dichos planes, dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley.

Además, el suelo destinado a la reubicación además será gestionado por el sistema de ejecución pública previsto en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y el Plan Parcial que ordene pormenorizadamente el suelo afectado destinado a la reubicación deberá formularse en el plazo máximo de un año desde la aprobación de la Ley, según explica el documento normativo.

Respecto al traslado de los barrios afectados, la normativa explica que administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Telde, en el marco de los convenios de colaboración que suscriban entre sí, y en su caso, con la administración general del Estado y los ciudadanos afectados por el expediente expropiatorio que opten por la reposición de sus viviendas en los terrenos delimitados, coordinarán todas las actuaciones necesarias para la reposición de los barrios.

Igualmente, las administraciones firmantes deberán garantizar a los ciudadanos afectados por el expediente expropiatorio derivado del Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria y la ampliación de su zona de servicio contemplada en el Proyecto Básico de la futura pista que promueve el Ministerio de Fomento, la posibilidad de trasladar sus edificaciones a la nueva ubicación en los nuevos terrenos.

Los afectados que deseen acogerse al traslado, deberán además convenir, de forma individualizada, con las citadas administraciones la consignación de las cuantías de los justiprecios y demás indemnizaciones recibidas por los inmuebles y demás derechos afectados, como consecuencia de la ampliación del Aeropuerto de Gran Canaria, a excepción de los gastos de traslado, que resulten equivalentes al valor de la edificación repuesta.

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