El TSJA ratifica la ilegalidad del cierre patronal decretado por ArcelorMittal en abril de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la ilegalidad del cierre patronal decretado por la empresa ArcelorMittal entre los días 22 y 27 de abril de 2010 para las instalaciones del 'Tren de Alambrón' de Gijón y ha estimado el Recurso de Suplicación interpuesto por los servicios jurídicos de CCOO, condenando a la empresa al pago de una indemnización de 30.000 euros en concepto de daño moral, según ha informado la organización sindical.
Planta de ArcelorMittal en Gijón
Planta de ArcelorMittal en Gijón
EP/ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
Planta de ArcelorMittal en Gijón

A través de un comunicado la Federación de Industria de CCOO de Asturias ha mostrado su satisfacción con la decisión del TSJA, ya que considera que "no era suficiente la declaración de ilegalidad del cierre patronal para hacer desaparecer los daños derivados de un acto que se consideró ilícito por el juez, y por ello la empresa debe reparar el daño causado mediante indemnización".

"Desde la Federación de Industria de CCOO de Asturias entendemos que la imposibilidad de celebrar una huelga general en reivindicación de intereses legítimos produjo un claro descrédito para el sindicato demandante ante sus afiliados", ha destacado el sindicato, que además ha indicado que existían suficientes indicios y puntos de apoyo para no sólo declarar ilegal un cierre patronal realizado única y exclusivamente para impedir la huelga, si no también para condenar patrimonialmente a la empresa por su actuación.

Además, desde la organización sindical han destacado que al final el cierre patronal consiguió su objetivo, ya que impidió el ejercicio del derecho de huelga y la empresa no tuvo coste alguno por ello, dejando a CCOO en una clara situación de desigualdad cuya reparación ahora se hace efectiva mediante la indemnización establecida por sentencia.

"El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias del 18 de febrero de 2011, viene a demostrar el modelo de relaciones laborales que pretende instaurar la dirección de ArcelorMittal, cuyo recurso de suplicación en contra de la sentencia del 11 de junio de 2010 ha sido desestimado", ha destacado el sindicato, que ha acusado a la empresa de utilizar unas "maniobras bastardas para intentar vulnerar los derechos legítimos de los trabajadores y el derecho de huelga".

Sentencia anterior.

En el mes de junio del pasado año el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón declaró "la ilicitud del cierre patronal decretado por la empresa ArcelorMittal entre los días 22 y 27 de abril de 2010". Según se detalló en aquel entonces, el cierre patronal vulneró la libertad sindical en relación con el ejercicio en el derecho de huelga en el Departamento del Tren de Alambrón de la factoría de Veriña en ese mismo periodo.

La sentencia también recogía la obligación de ArcelorMittal a reponer la situación laboral de los trabajadores afectados durante esos cinco días, sin merma alguna. Se refería al abono de salarios, ingreso de las cotizaciones y pago del subsidio de incapacidad temporal, según los casos.

Los paros en el taller de Alambrón fueron convocados entre el 20 de abril y el 27 de mayo de 2010 a razón de dos horas en cada turno para lograr anular un acuerdo firmado por la empresa y el sindicato UGT.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento