Ayuntamiento Jumilla emite una moneda de 20 euros que conmemora el centenario del Día Internacional de la Mujer

La Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de Jumilla ha emitido una moneda de 20 euros conmemorativa del Centenario del Día Internacional de la Mujer (1911-2011) según la orden publicada en el Boletín Oficial de España (BOE).
Clara Campoamor (1888-1972)
Clara Campoamor (1888-1972)
AYUNTAMIENTO JUMILLA
Clara Campoamor (1888-1972)

La Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de Jumilla ha emitido una moneda de 20 euros conmemorativa del Centenario del Día Internacional de la Mujer (1911-2011) según la orden publicada en el Boletín Oficial de España (BOE).

En la citada orden se señala que con motivo de la celebración en 2011 del Centenario del Día Internacional de la Mujer, se emite una moneda de colección de 20 euros con la imagen de Clara Campoamor (1888-1972), figura clave en la historia política de nuestro país, desempeñó un papel fundamental en la aprobación en 1931 del derecho del sufragio femenino.

Respecto a las características de las piezas, será una moneda de 20 euros de valor facial, compuesta por plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre, pesará 18 gramos y un diámetro de 33 milímetros y tendrá una forma circular con canto liso, según fuentes municipales.

Asimismo, en el anverso de la moneda se reproducen las efigies superpuestas de SS. MM. los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía y en el reverso se reproduce un retrato de Clara Campoamor, procedente del Ministerio de Cultura, Archivo General de la Administración, Fondo Medios de Comunicación Social del Estado.

En la orden publicada por el BOE también se refleja que el número máximo de piezas a acuñar será de 2.000.000 y podrá ser aumentada o reducida en función de la demanda del mercado y será determinado por una Comisión de Seguimiento. La fecha inicial de emisión será el primer semestre de 2011.

Además, las monedas de colección en euros, son las monedas en euros no destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación. Dichas monedas deberán diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y diámetro.

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